Puertos principales de sudamerica y de asia
EN EL DESPACHO ANTICIPADO.-Dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada delmedio de transporte;
EN EL DESPACHO URGENTE.-Dentro del plazo de quince (15) días calendario antes de la llegada del medio de transporte hasta los siete (07) días calendario computados a partir deldía siguiente del término de la descarga.
EN EL DESPACHO EXCEPCIONAL.- Dentro del plazo de treinta (30) días calendario computados a partir del día siguiente del término de la descarga
2. ¿CUÁL ESEL TRÁMITE A SEGUIR EN UN DESPACHO ANTICIPADO CUANDO EL MEDIO DE TRANSPORTE LLEGA DESPUÉS DEL PLAZO ANTES SEÑALADO?
Vencido este plazo, las mercancías se someterán al despacho excepcional, debiendo eldespachador de aduana solicitar la rectificación de la declaración, de acuerdo al procedimiento específico de Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración INTA-PE.00.11.
3. ¿CUÁL ES ELTRÁMITE PARA ACOGERSE AL DESPACHO ANTICIPADO CONTRASLADO A ZONA PRIMARIA CON AUTORIZACIÓN ESPECIAL?
El dueño o consignatario o su representante deben presentar la solicitud de “Autorización Especial deZona Primaria” (Anexo 2 del Procedimiento de Importación para el Consumo INTA-PG.01-A v.1) en dos ejemplares, ante la ventanilla del área que administra el régimen. La solicitud debe haber sidoaprobada (procedente) por el intendente o el funcionario a quien se haya delegado esta función, antes de la numeración de la declaración.
4. ¿CUÁLES SON LOS PLAZOS QUE TIENEN LOS IMPORTADORES PARACANCELAR LA DEUDA
TRIBUTARIA ADUANERA?
En los casos de despachos garantizados mediante Garantías Previas conforme al artículo 160º de la Ley:
a) Los despachos anticipados y urgentes numerados antesde la llegada del medio de transporte: desde la fecha de numeración de la declaración hasta el vigésimo día calendario del mes siguiente a la fecha del término de la descarga.
b) Los despachos...
Regístrate para leer el documento completo.