Requisitos costa rica
TÉCNICO CENTROAMERICANO
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ALIMENTOS Y BEBIDAS PROCESADOS.
PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR LA LICENCIA SANITARIA O PERMISO DE FUNCIONAMIENTO A FÁBRICAS Y BODEGAS.
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CORRESPONDENCIA:Este Reglamento Técnico es una adaptación de la Legislación de los Países Centroamericanos en materia de Licencias Sanitarias o Permisos de Funcionamiento.
ICS 67.020 RTCA 67.01.30:06 ____________________________________________________________
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Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:
• Ministerio de Economía y Comercio, MINECO
• Consejo Nacional de Ciencia yTecnología, CONACYT
• Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC
• Secretaría de Industria y Comercio, SIC
• Ministerio de Economía, Industria y Comercio, MEIC
INFORME
Los respectivos Comités Técnicos de Normalización o Reglamentación Técnica a través de los Entes de Normalización o Reglamentación Técnica de los países centroamericanos y sus sucesores, son los organismosencargados de realizar el estudio o la adopción de los Reglamentos Técnicos. Están conformados por representantes de los sectores Académico, Consumidor, Empresa Privada y Gobierno.
Este documento fue aprobado como Reglamento Técnico Centroamericano, RTCA 67.01.30:06, Alimentos y bebidas procesados. Procedimiento para otorgar la licencia sanitaria o permiso de funcionamiento a fábricas y bodegas,por el Subgrupo de Alimentos y Bebidas y el Subgrupo de Medidas de Normalización. La oficialización de este reglamento técnico, conlleva la ratificación por el Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana (COMIECO).
MIEMBROS PARTICIPANTES
Por Guatemala
Ministerio de Salud y Asistencia Social
Por El Salvador
Ministerio de Salud Publica y Asistencia SocialPor Nicaragua
Ministerio de Salud
Por Honduras
Secretaria de Salud
Por Costa Rica
Ministerio de Salud
1. OBJETO
El presente reglamento tiene por objeto establecer las directrices para otorgar la licencia sanitaria, fábrica de alimentos y bebidas, procesados o permiso de funcionamiento a fábricas y bodegas de alimentos y bebidas, procesados.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Lasdisposiciones de este reglamento se aplican a las fábricas de los Estados Parte en donde se producen alimentos procesados y a las bodegas de almacenamiento de los mismos. Estas disposiciones no se aplican a los alimentos no procesados.
3. DOCUMENTOS A CONSULTAR
RTCA 67.01.33:06, Industria de Alimentos y Bebidas Procesados. Buenas Prácticas de Manufactura. Principios Generales.
4.DEFINICIONES
4.1 Alimento: es toda sustancia procesada, semiprocesada o no procesada, que se destina para la ingesta humana, incluidas las bebidas, el chicle y cualesquiera otras sustancias que se utilicen en la elaboración, preparación o tratamiento del mismo, pero no incluye los cosméticos, el tabaco ni los productos que se utilizan como medicamentos.
4.2 Alimento procesado: es el alimento queha sido sometido a un proceso tecnológico adecuado para su conservación y consumo ulterior.
4.3 Alimento no procesado: es el alimento que no ha sufrido modificaciones de origen físico, químico o biológico, salvo las indicadas por razones de higiene o por la separación de partes no comestibles.
4.4 Buenas prácticas de manufactura: condiciones de infraestructura y procedimientos establecidospara todos los procesos de producción y control de alimentos, con el objeto de garantizar la calidad e inocuidad de dichos productos según normas aceptadas internacionalmente.
4.5 Estado Parte o Parte: cada uno de los países centroamericanos.
4.6 Fábrica de alimentos: es aquel establecimiento que produce alimentos por procesos tecnológicos de preparación, conservación y envasado que lo hacen...
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