Responsabilidad penal de la empresa: su recepción en le derecho chileno
Tesis para optar al grado de Licenciada en Ciencias Jurídicas
Universidad de Valparaíso
Chile
2010
Andrea Paz Sepúlveda Monsálvez
ÍndiceIntroducción 4
Capítulo I
Personas jurídicas y Derecho Penal
La responsabilidad penal de las personas jurídicas en la doctrina 8
Lineamientos generales del concepto constructivista de culpabilidad empresarial 9
Aplicación de los presupuestos constructivistas a la crítica de partida 10
1. Consecuencias teóricas yprácticas de la imputabilidad empresarial 15
2. Consideraciones sobre la conveniencia político-criminal de establecer una imputabilidad jurídico-penal empresarial 18
Capítulo II
En torno a Política Criminal
1. La Política Criminal Chilena 26
2. Los bienes jurídicos objeto de protección
1. Cohecho 40
2.Financiación al terrorismo 50
Capítulo III
Ley Chilena de Responsabilidad Penal de la Empresa
1. Antecedentes 61
2. La Ley 67
Bibliografía 85
Introducción
Hasta hace pocos años, la doctrina española y alemana venían sosteniendo que en sentido estricto los entes jurídicos no tenían propiamente voluntad, si no que lo querealmente ocurría era que la voluntad de las personas que actuaban en representación de ellas, se tenía y valía por la voluntad social, y que por ello debían ser estas personas, las naturales representantes, quienes propiamente pueden y deben responder criminalmente.
Esto que parece tan evidente, tuvo que decirse sin embargo, porque una tesis contraria, fundada en razones más bien de políticacriminal que en una teoría de la voluntad, comenzaba a sostener y a defender con fuerza una nueva verdad: que las personas jurídicas pueden cometer delitos. Y si los maestros del derecho penal clásico, con toda seguridad, se habrían escandalizado, los renovados penalistas económicos no querían perder tiempo en discutir doctrinariamente lo que a su juicio merecía ser abordado políticamente.Si ya este planteamiento era, cuando menos, sofisticado para la disciplina, que además se planteara la necesidad de distinguir entre personas jurídicas imputables y otras no imputables hace que la discusión tome un vuelo teórico impensado. Pero es así, y entre los defensores de la responsabilidad penal empresarial se debate en torno a la siguiente pregunta: si es posible distinguir entre personasnaturales imputable e inimputables, ¿por qué no respecto de las personas jurídicas?
Ahora bien, el punto de partida ineludible en estudios de responsabilidad criminal de las personas jurídicas es el elemento de la culpabilidad, e íntimamente vinculada a éste, la teoría de la acción. Si desde la perspectiva de la política criminal resulta muy difícil resistirse a una ampliación del campode acción de la responsabilidad penal a las empresas, la teoría general del delito plantea dura oposición, pues de aceptarse su inclusión, sus mismos fundamentos deben ser revisados. Aunque para los penalistas, llamémosles, ortodoxos, existen aún salidas razonables a este embate del vanguardismo criminalísitco.
Una de ellas propone comenzar por reforzar el concepto de acción asociándolo ala noción de voluntariedad. Una voluntad transformadora de la realidad, que tiene su origen únicamente en la conciencia personal, un argumento estrictamente psicológico de la culpabilidad. Así, la idea de que las personas jurídicas puedan ser consideradas autoras de delitos no se sostendría, pues más tarde o más temprano lo que resulta evidente es que son las personas naturales que representan...
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