RTA SUPERVISOR
Observación No. 34.
Adición en recursos al Proyecto Avenida Ciro Pupo (D)
Fuentes de criterio:
Ley 80 de 1993, artículo 16, en lo que tiene que ver con adición de trabajos.
Ley 734 de 2002, artículo 48 numeral 31.
En oficio Nº2014EE0070168 del 21 de abril del 2014, la Contraloría General de la República
manifestó a la Gobernación del Cesar, que en lo que iba de ejecución del contrato 201302705 se
presentaban patologías del concreto y deficiencias constructivas como: fisuras transversales, fisuras
y grietas en los extremos de los pasadores, perdida de agregado grueso y fino en pavimentos,
desprendimientos sello de juntas, bordillos fisurados y fracturados; es decir el órgano de control en
ocasión a denuncias ciudadanas viene indicando problemas en la calidad de las obras desde el inicio
del proyecto.
Lo anteriormente expuesto evidencia que hubo debilidades en planeación y que las obras
presentaban deficiencias constructivas desde su inicio
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; debiendo ser corregidas mediante
la adición de recursos, es decir, la entidad financió cantidades de obras no prevista y las
actividades tendientes a subsanar las deficiencias técnicas presentadas en el desarrollo
de la obra y prevenidas por la Contraloría.
En ningún documento se planteó la
posibilidad que las correcciones de las obras con deficiencias técnicas afectaran la
utilidad del contratista,
en su lugar, la Gobernación del Cesar, sin contar con el visto
bueno del interventor, aprobó la adición de recursos.
Por lo expuesto, se configura una observación administrativa con presunta
incidencia disciplinaria,
en concordancia con el artículo 48 numeral 31 de la Ley 734 de 2002.
RTA. SUPERVISON:
Esta apreciación de la comisión auditora de la contraloría, además de ser equivocada, evidencia la poca investigación por parte de los funcionarios de la contraloría a los documentos contentivos de la
carpeta del proceso citado; ya que en los documentos que hacen parte del:
Se establece:
Sede: Edificio Alfonso López Michelsen Piso 3
Calle 16 No. 12 – 120 Tel: 5749671
E-mail:
obras@gobcesar.gov.co
Sede: Edificio Alfonso López Michelsen Piso 3
Calle 16 No. 12 – 120 Tel: 5749671
E-mail: obras@gobcesar.gov.co
Sede: Edificio Alfonso López Michelsen Piso 3
Calle 16 No. 12 – 120 Tel: 5749671
E-mail:
obras@gobcesar.gov.co
Como se puede apreciar en este documento y los que hacen parte de esta acta modificatoria, se
explican cada una de las actividades que requirieron la adición de recursos y el porqué de ello; que
además de buscar la optimización del proyecto presentado por el Municipio de la Paz, buscaba
garantizar la estabilidad de las obras construidas y el embellecimiento y seguridad del entorno de la
parte arquitectónica de este importante sector.
Igualmente es de anotar que entre los documentos que hacen parte del acta de modificación de la
cláusula de plazo No. 3 y de adición en valor, se encuentran los oficios de solicitud del contratista y
el oficio de la interventoría avalando dicha solicitud. “documentos anexos”
Por lo anterior, no se entiende como la comisión auditora, sostiene que las deficiencias
constructivas se corrigieron con esta adición de recursos; cuando estas son de entera responsabilidad del constructor y que esta adición se realizó sin contar con el visto bueno de la interventoría.
Observación No. 35. Calidad de la obra. Contrato Nº2013020705 (FD)
Fuentes de criterio: Constitución Política, artículos 209, 267 Ley 489 de 1998, articulo 3 Ley
42 de 1993, artículo 8 Ley 80 de 1993, artículos 3, 4, 5, 25, y 26 Ley 1474 de 2011, artículos 82,
83 y 84 Resoluciones Nº3288 de 2007 y Nº3290 de 2007 del Ministerio de Transporte ...
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