se vida por ti
a). El artículo 399 del C.S.T. es inconstitucional, toda vez que viola el principio de igualdad, por consagrar en contra de lossindicatos, un trato diferente injustificado, en virtud a que a ninguna forma asociativa sin ánimo de lucro, la ley le impone el deber de decretar la separación de miembros por dejar de ejercer la actividadcaracterística de la asociación, tal es el caso de las corporaciones, juntas de acción comunal, cooperativas, etc.
Las normas acusadas, que regulan la libertad sindical, violan el principio de laigualdad en sus modalidades de "igualdad ante la Ley" y de "no discriminación en materia de derechos, libertades y oportunidades, contenidos en el artículo 13 de la Constitución Política, ya que lasnormas demandadas establecen un trato discriminatorio frente a las demás formas asociativas sin animo de lucro, pues conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Constitución Política y en el Decreto2150 de 1996, estas nacen mediante escritura pública o documento privado reconocido y su inscripción esta exenta de rigores legales.
El trato dado a las organizaciones sindicales es doblementediscriminatorio, pues a los sindicatos se les prohíbe realizar actividades lucrativas, y a las demás personas jurídicas no; además, a los sindicatos se le fijan restricciones para adoptar sus estatutos,organizar su administración y establecer condiciones a la afiliación de ciertos trabajadores.
También se viola el principio de igualdad debido a que el trato dado a las federaciones y confederacioneses diferente al que se le da al sindicato. En efecto: i) en la legislación colombiana no se permite pertenecer a varios sindicatos de la misma clase o actividad; ii) a los sindicatos se les exigecumplir con procedimientos y controles de legalidad administrativos y previos; iii) a los sindicatos se les impone el deber de decretar la separación de miembros por dejar de ejercer la actividad...
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