Seguridad Minera
Promulgado 30.12.2002
M.Torres - INGREPRE
Objetivo
Marco regulatorio general, para las faenas de la Industria Extractiva Minera Nacional , para: a) Proteger la vida e integridad física de las personas que se desempeñan en dicha Industria y de aquellas que bajo circunstancias especificas y definidas están ligadas a ella. b)Proteger las instalaciones e infraestructura que hacen posible las operaciones mineras, y por ende, la continuidad de sus procesos.
M.Torres - INGREPRE
Aplicación de otras normativas
Sin perjuicio de las disposiciones contenidas en este Reglamento, serán igualmente aplicables a la Industria Extractiva Minera aquellas normas de seguridad contenidas en la reglamentación nacional, en tanto seancompatibles con éstas.
M.Torres - INGREPRE
Fiscalización
Atribuciones dadas por Decreto Ley Nº 3.525 de 1980, corresponderá al Servicio Nacional de Geología y Minería, (SERNAGEOMIN) la competencia general y exclusiva en la aplicación y fiscalización del cumplimiento del decreto.
M.Torres - INGREPRE
Actividades de Industria Extractiva Minera
a) b) c) d) e) f) g) Exploración yprospección de yacimientos y labores relacionados con el desarrollo de proyectos Construcción de proyectos mineros. Explotación, extracción y transporte de minerales, estériles, productos y subproductos dentro del área industrial minera. Procesos de transformación piro metalúrgicas, hidrometalurgias y refinación de sustancias minerales y de sus productos. Disposición de estériles, desechos y residuos.Construcción y operación de obras civiles destinadas a estos fines. Actividades de embarque en tierra de sustancias minerales y/o sus productos. Exploración, prospección y explotación de depósitos naturales de sustancias fósiles e hidrocarburos líquidos o gaseosos y fertilizantes.
M.Torres - INGREPRE
Faena Minera
• Etapas de construcción, del conjunto de instalaciones y lugares de trabajo dela Industria Extractiva Minera. • Se incluyen: minas, plantas de tratamiento, fundiciones, refinerías, maestranzas, talleres, casas de fuerza, muelles de embarque de productos mineros, campamentos, bodegas y, en general, la totalidad de las labores, instalaciones y servicios de apoyo e infraestructura necesaria para asegurar su funcionamiento.
M.Torres - INGREPRE
No se consideran faenasmineras
• • • • Refinerías de petróleo Industrias metalúrgicas no extractivas, Fábricas de vidrio, cemento, ladrillos, cerámica Salinas artificiales formadas en las riberas del mar, lagunas o lagos
M.Torres - INGREPRE
Empresa Minera
Titular o Propietario es la persona natural o jurídica a cuyo nombre se encuentra inscrita la concesión minera en el Registro de Descubrimiento o de Propiedaddel Conservador de Minas respectivo, según corresponda. Puede actuar por cuenta propia o en representación.
M.Torres - INGREPRE
FUNCIONES DEL SERNAGEOMIN
• Controlar y fiscalizar. • Investigar los accidentes del trabajo, con lesiones a las personas, daños graves a la propiedad que el Servicio estime conveniente. • Siempre deberá investigar aquellos accidentes que hayan causado la muerte dealgún trabajador. • Facultad para tomar declaraciones del hecho al personal involucrado y a la supervisión; estas declaraciones quedarán debidamente registradas y firmadas por el declarante.
M.Torres - INGREPRE
Funciones del SERNAGEOMIN
Exigir el cumplimiento de las acciones correctivas
Proponer la dictación de normas, instructivos, circulares y desarrollar todo tipo de actividades decarácter preventivo, tendientes a optimizar los estándares de seguridad en la Industria Extractiva Minera.
M.Torres - INGREPRE
Calificación de los Expertos
Clasificarán en las siguientes categorías:
Categoría A: Los ingenieros Civiles de Minas, Categoría B: Ingeniero Civil o de Ejecución o Constructor Civil. Categoría C: Técnico titulado en una institución de educación superior reconocida por...
Regístrate para leer el documento completo.