Sentencia 554 / 29 De Octubre De 2009
Integrada la Sala de Apelación del Circuito Judicial Penal de Estado Aragua, la cual declaro sin lugar el recurso interpuestopor la Abogada Betania Silva defensora de Carlos Eduardo Hernández Carrillo condenado a 12 años de prisión por homicidio intencional a titulo de dolo eventual, por la muerte de Diana MercedesRodríguez Rosales.
A lo que posteriormente el defensor privado del acusado Djando Luis Gamboa Hernández, interpuso el recurso de casación. Una vez recibido el expediente y cumpliéndose con los procedimientosla Sala pasa a decidir los siguientes términos:
Una vez establecida todas las pruebas y declaraciones realizadas por los testigos funcionarios y testigos, relacionadas a su vez con las declaracionesdadas por los funcionarios del cuerpo de vigilancia de tránsito terrestre, se demostró q el acusado, aun sabiendo de las consecuencias que podía acarrear la acción q este estaba realizando, circulabaa alta velocidad y sin las luces encendidas de la unidad de transporte y por tal imprudencia causo la muerte de Diana Mercedes Rodríguez Rosales.
Posteriormente se estableció que Carlos EduardoHernández Carrillo actuó con intención aduciendo que el acusado procedió de manera indiferente a las normas; y es por ello que se adopta el hecho establecido en el art 407 (hoy art 405 del código penalvigente). Esta adaptación de los hechos a este artículo se tomo como una errónea interpretación, ya que se menciona que no se puede subsumir tal hecho establecido para el homicidio intencional, el cualpudo ser causado por imprudencia
Por último se da una denuncia, donde se expone que la condena dada al acusado viola el principio de legalidad establecidos en el art 49 n°6 de la Constitución de laRepública Bolivariana de Venezuela y art 1 del Código Penal, ya que el homicidio intencional a titulo de dolo eventual no se encuentra descrito como delito en nuestro ordenamiento jurídico.
El...
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