Sentencia Caso Red Figueroa Agosto
República Dominicana
Poder Judicial
Sentencia No. 100-2011 1
Departamento Judicial: Distrito Nacional.
Tribunal: Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Expediente No: 1160-2010
No. Único: 249-02-10-00396
Fecha de entrada: treinta (30) de noviembre del año dos mil diez (2010)
Sentencia No: 100-2011,de fecha veintiséis (26) del mes de septiembre del año dos mil once (2011).
Materia: Acción Penal Pública
Infracción: a los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano; 3 literales a), b), c) y d); 4 párrafo único; 5, 6, 8 literal b); 18, 19, 21 literales a), b) y c); 26 y 31 de la Ley 72-02, sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y otras Infraciones GravesImputados: Sobeida Félix Morel, Eddy Antonio Brito Martínez, Mary Elvira Peláez Frappier, Samy Dauhajre Dauhajre,
Ivanovich Smester Ginebra, Juan José Fernández Ibarra, Adolfina Revecca Peláez Frappier y Madeline Bernard Peña.
Texto de Sentencia: Mixta
F A L L A
PRIMERO: DECLARA a la imputada SOBEIDA FELIX MOREL, de generales que constan, CULPABLE del crimen de lavado de activos,hecho previsto en el artículo 3 literales a) y b) de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tràfico Ilìcito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, y sancionado con la pena establecida en el artículo 18 del mismo texto legal, al quedar comprometida su responsabilidad penal, en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de cinco (05) años de reclusión y al pagode una multa equivalente a cincuenta (50) salarios mínimos, acogiendo las conclusiones del Ministerio Público.
SEGUNDO: DECLARA al imputado EDDY ANTONIO BRITO MARTINEZ, de generales que constan, CULPABLE del crimen de lavado de activos, hecho previsto en los artículos 3 literales a) y b), y 21 literal b) de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tràfico Ilìcito de Drogas ySustancias Controladas y otras Infracciones Graves, y sancionado con la pena establecida en el artículo 56 del Código Penal Dominicano, al quedar comprometida su responsabilidad penal, en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de doce (12) años de reclusión mayor.
TERCERO: DECLARA a la imputada MARY ELVIRA PELAEZ FRAPPIER, de generales que constan, CULPABLE del crimen de lavado de activos,hecho previsto en los artículos 3 literales a) y b) y 21 literal b) de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tràfico Ilìcito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, y sancionado con la pena establecida en el artículo 56 del Código Penal Dominicano, al quedar comprometida su responsabilidad penal, en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de quince (15)años de reclusión mayor.
CUARTO: DECLARA al imputado SAMY DAUHAJRE DAUHAJRE, de generales que constan, CULPABLE del crimen de lavado de activos, hecho previsto en los artículos 3 literales a), b) y c) y 21 literal b) de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tràfico Ilìcito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, y sancionado con la pena establecida en elartículo 56 del Código Penal Dominicano, al quedar comprometida su responsabilidad penal, en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de quince (15) años de reclusión mayor.
QUINTO: DECLARA al imputado JUAN JOSE FERNANDEZ IBARRA, de generales que constan, CULPABLE del crimen de lavado de activos, hecho previsto en los artículos 3 literales a) y b) y 21 literal b) de la Ley 72-02 sobreLavado de Activos Provenientes del Tràfico Ilìcito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, y sancionado con la pena establecida en el artículo 56 del Código Penal Dominicano, al quedar comprometida su responsabilidad penal, en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de quince (15) años de reclusión mayor.
SEXTO: DECLARA al imputado IVANOVICH SMESTER GINEBRA, de...
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