Sentencia Estafa
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrada Ponente
MARINA PULIDO DE BARON
Aprobado Acta No. 058
Bogotá D. C., veintisiete (27) de mayo de dos mil tres (2003).
VISTOS
Decide la Corte el recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor de Sabine Pilar Pía Anik López Michaud contra la sentencia del 15 deoctubre de 2002, por medio de la cual el Tribunal Superior de Cali revocó el fallo absolutorio proferido por el Juzgado 17 Penal del Circuito de la misma ciudad y la condenó por el delito de estafa agravada.
HECHOS
En el año de 1991, el doctor Alfonso López Vélez, médico neurocirujano de aproximadamente 73 años de edad, atendiendo las peticiones que le hiciera su hija Sabine Pilar Pía Anik LópezMichaud, le entregó en calidad de préstamo la suma de $22.000.000.00, representada en varios cheques, para la ampliación y remodelación de un Jardín Infantil de su propiedad, localizado en zona rural de la ciudad de Cali, en el “Callejón de la Chuchas”, sector de Pance, y le prestó $30.000.000.00 para la adquisición de dos vehículos de transporte escolar, que pagó con cheques de su cuentabancaria y luego puso a nombre de su hija, quien le prometió a cambio el pago de los correspondientes intereses mensuales. En esa misma época, el médico López Vélez compró un apartamento en multicentro que puso a nombre de su hija para evitar el pago del seguro, que era muy alto debido a su avanzada edad.
Asegura el citado profesional que su hija sólo le reconoció los intereses del préstamo por losprimeros meses y que después no sólo se negó a seguirle pagando tales réditos, sino que se rehusó a devolverle el dinero y a restituirle la titularidad del apartamento, con el argumento de que los dineros con los que se remodeló el Jardín Infantil y se adquirieron los automotores y el inmueble eran de su propiedad, pues son producto de su trabajo durante los varios años que permaneció en Francia, asícomo del préstamo que le hiciera una amiga francesa.
Por este motivo, el médico López Vélez denunció a su hija el 21 de octubre de 1993 ante la Fiscalía de Permanencia de Cali.
ACTUACIÓN PROCESAL
Con fundamento en la denuncia formulada por el médico Alfonso López Vélez y sus ulteriores ampliaciones, la Fiscalía 86 de la Unidad de Previas de Cali ordenó la apertura deinstrucción el 14 de marzo de 1994; en el mismo auto dispuso el envío de la actuación a los juzgados penales municipales de la misma ciudad por competencia.
El Juzgado 34 Penal Municipal, a quien le correspondió por reparto las diligencias, vinculó mediante diligencia de indagatoria a Sabine Pilar Pía Anik López Michaud y a Cristian Emile Chazatte (C.1, fol. 121 y 133). Al definirlesla situación jurídica, denegó la solicitud de preclusión de investigación elevada por su defensor y les impuso medida de aseguramiento de caución prendaria como presuntos responsables del delito de estafa agravada, mediante decisión del 27 de junio de 1995 (C. 2, fol. 522). En razón a que la cuantía del ilícito supera los 50 salarios mínimos legales mensuales, el proceso fue remitido porcompetencia a la Fiscalía 48 Seccional de Cali, quien una vez avocó conocimiento del mismo concedió el recurso de apelación interpuesto contra la providencia que definió la situación jurídica de los procesados, la cual fue confirmada por la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Cali el 18 de noviembre de 1995 (C. 3, fol.626).
Cerrada la etapa instructiva, la Fiscalía 67Seccional de la Unidad 2ª. de Patrimonio calificó el mérito del sumario el 7 de febrero de 1997. Acusó a Sabine Pilar Pía Anik López Michaud como autora del delito de estafa agravada y profirió preclusión de la instrucción que por los mismos hechos se adelantaba en contra de Cristian Emile Chazette (C. 4, fol. 1.112). Al ser apelada esta decisión por la apoderada de la parte civil y el defensor de la...
Regístrate para leer el documento completo.