SISTEMA DE NORMAS CONVIVENCIA ESCOLAR
BOA I “ANTONIO BERNI”
“SISTEMA DE NORMAS CONVIVENCIA ESCOLAR”
El Sistema de Convivencia Escolar (C C),
es el conjunto de principios, normas, órganos y
prácticas institucionales democráticas, tendientes a regular las relaciones entre los miembros
de la comunidad escolar. Posibilita el cumplimiento de los fines educativos específicos en las Instituciones Educativas (Decreto N° 1400/01).
El Sistema de Convivencia tiene como
Propósito clarificar el marco de las relaciones
interpersonales, para que se puedan garantizar los Derechos y Responsabilidades, en un clima
de Trabajo, Respeto y Solidaridad.
La
metodología a implementar para
resolver las situaciones de
conflicto privilegiará el diálogo, la negociación, la búsqueda de acuerdos y el compromiso de las partes, las cuales
tendrán su correspondiente posibilidad de justificación.
Objetivos fundamentales:
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Propiciar la participación democrática de todos los sectores.
Facilitar un clima armónico de trabajo.
Promover los valores por la vida, la integridad física y moral. Cultivar la verdad y la justicia.
Alentar el respeto y la aceptación de la diversidad.
Premiar la búsqueda de la resolución pacífica de conflictos y la reflexión.
Rechazar la discriminación y la violencia.
Estimular la responsabilidad individual y el compromiso social.
Buscar consenso mediante el diálogo
Generar un espacio de contención. Obtener recursos eficaces para la resolución de conflictos tomando a la sanción desde
una perspectiva formativa y no como medio correctivo.
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El Sistema de Convivencia Escolar se constituye en el marco de la Ley 223 promulgada por
la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires siendo sus criterios de aplicación los
siguientes:
1. Utilización del diálogo como metodología.
2.Prevención, análisis y reflexión sobre situaciones conflictivas.
3. Contextualización de las transgresiones.
4. Respeto irrestricto por la dignidad e intimidad de las personas.
5. Garantía del derecho a ser escuchado y formular descargo.
6. Valoración pedagógica del sentido de la sanción.
7. Reconocimiento y reparación del daño u ofensa a personas y/o bienes de su escuela
por parte de la persona y/o grupos responsables.
8. Garantía del derecho a la información de los alumnos pasibles de sanción y a sus
padres durante el proceso de decisión y una vez aplicada la sanción.
Quiénes componen el consejo de convivencia
El C de C está conformado por diferentes miembros de la Comunidad Educativa elegidos
democráticamente por sus pares y se reúnen periódicamente como herramienta institucional de reflexión/acción.
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Director de la escuela: con voto
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Asesora Pedagógica: sin voto
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Dos Docentes Profesores: con voto
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Jefe de Preceptores con voto
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Docentes Preceptores: con voto
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Alumnos delegados con voto
∙
Madres/padres: con voto
Sanciones
Las sanciones estarán directamente relacionadas con el incumplimiento de este Sistema de
Convivencia, y serán proporcionales a las faltas cometidas.
Las sanciones previstas y los mecanismos de su paliación tienden a valorar el contenido
educativo de las mismas y el reconocimiento del error como fuente de aprendizaje. Ellas
promoverán la reparación del daño ocasionado.
Las faltas de conducta que transgredan las normas establecidas en el Sistema de
Convivencia serán posibles de las siguientes sanciones:
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1. Llamado de atención oral con notificación escrita
2. Apercibimiento escrito.
3. Separación temporal del alumna/a de las actividades escolares con asignación
de tareas reparadoras en beneficio de la comunidad y/o trabajo ...
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