Sociedades
2009-10-04 19:45:41
|
La Ley 479-08 ha modificado en su totalidad el libro III del Codigo de Comercio que regulaba las sociedades Comeciales desde hace muchotiempo. Esta ley introduce novedades importantes para nuestros usuarios y visitantes.
Tipos de Sociedades Comerciales (Ley 479-08)
La Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individualesde Responsabilidad Limitada promulgada por el Poder Ejecutivo el día 11 de diciembre de 2008, sustituye y deroga íntegramente el Título Tercero del Código de Comercio vigente, que comprende losartículos 18 al 64 relativo a las Sociedades Comerciales. La Ley mantiene vigente y reconoce los tipos societarios consagrados en nuestro Código de Comercio, pero a su vez, introduce dos nuevas: LasSociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y las Empresas Individuales de Responsabilidad limitada (EIRL).
En ese sentido la Ley reconoce y regula las siguientes formas societarias:
· SociedadesAnónimas de Suscripción Pública y Privada;
· Sociedades en Nombre Colectivo;
· Sociedades en Comandita Simple;
· Sociedades en Comandita por Acciones;
· Sociedades de Responsabilidad Limitada;
· Empresas Individuales de Responsabilidad limitada.
Adicionalmente, se reconoce la sociedad accidental o en participación. Este tipo de sociedad tienelas siguientes características:
Carece de personalidad jurídica,
No estará sujeta a ningún tipo de requisito de forma ni matriculación, y
Su existencia podrá probarse por todos los medios.
LaLey reglamenta, además, los aspectos vinculados a la conformación y operación de los distintos órganos de gestión de todas las sociedades reguladas sobre la base de normas mínimas de buen gobiernocorporativo; la constitución y deliberación de las órganos deliberantes y los mecanismos de control o supervisión de la gestión social.
En otro orden, se atenúa el régimen de nulidades de las...
Regístrate para leer el documento completo.