TAREAS
Articulo 19. Estarán exceptuados de las disposiciones establecidas en el artículo anterior, así como de los requisitosexigidos en los artículos 4 y 5, los profesionales graduados en el exterior que sean contratados por institutos o empresas para prestar servicios específicos por tiempo determinado, siempre que lanecesidad de ello sea suficientemente comprobada ante el colegio de ingenieros de Venezuela, con vista a lo cual esta expedirá la autorización correspondiente.
Articulo 20. El ejecutivo nacional podrácontratar los servicios de profesionales graduados en el exterior y no colegiados para desempeñar, con carácter accidental, funciones de consultores técnicos o especialistas en aquellas ramas de laadministración pública que, en casos especiales y justificados así los requieren.
Articulo 21. El colegio de ingenieros de Venezuela es un cuerpo moral de carácter público y como tal, tiene personalidadjurídica y patrimonio propio, con todos los derechos, obligaciones poderes y atribuciones que les señale la ley. Su sede está en la capital de la republica.
Está integrado por todos losprofesionales inscrito en el mismo, hállense o no en el ejercicio de la profesión.
El colegio de ingenieros de Venezuela distara su propio ordenamiento interno.
Articulo 22. El colegio de ingenieros deVenezuela tendrá como fines principales los siguientes: servir como guardián del interés público y actuar como asesor del estado en los asuntos de su competencia, fomentar el proceso de la ciencia y de...
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