Tipos De Prestamos
¿En qué forma se puede el empleador cobrar el préstamo o adelanto?Esoes parte del acuerdo que tenga empleador y trabajador, quincenas, meses, con las primas, etc.
No se puede cobrar interesesA pesar de la facultad que tiene el empleador para prestar o adelantar salarios, no puede cobrar intereses por el préstamo. La única situación en la cual el empleador podría cobrar intereses es cuando hace préstamos al trabajador para la financiación de vivienda, por el valoralto del préstamo. (Art. 152 y 153 Código Laboral)
Monto máximo a prestar a un trabajador: Una recomendación: A pesar de que el empleador puede disponer de su dinero y determinar a qué trabajador le presta y en que monto, lo más aconsejable es que al momento de hacer un préstamo, sólo preste hasta el valor de las prestaciones sociales que tiene acumuladas el trabajador hasta el día que se hará eldesembolso. Esta recomendación es por la sencilla razón que en caso de desvincular al trabajador “al otro día” de hacer el préstamo o adelanto, el valor de la liquidación final de prestaciones sociales cubriría el valor del préstamo otorgado.
Antes de prestar o adelantar salarios: Primero la autorización para el descuento en el salario.En las pequeñas empresas se cometen comúnmente doserrores cuando hacen préstamos o adelantos:
1. Prestar o adelantar salario y no dejar prueba de dicho acto.
2. No pedir una Autorización por escrito del trabajador para que le descuenten del salario los valores del préstamo o adelanto.
La autorización es ANTES, no después del desembolso:El empleador debe solicitar del trabajador una autorización por escrito antes de desembolsar el préstamo oadelanto, esto porque pueden suceder cosas como por ejemplo:
1. El Trabajador recibe el dinero el día viernes y el lunes llega y presenta carta su renuncia y se niega a reconocer la deuda por el préstamo. En este caso el empleador se va a encontrar “maniatado” para poder retener el valor del préstamo en la liquidación final de prestaciones sociales.
2. El trabajador recibe el dinero el díaviernes y ese fin de semana le sucede una calamidad (muerte). El empleador si no tiene prueba del desembolso, no podría retener dicho valor al momento de pagar la liquidación final a los familiares del trabajador.
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CÓDIGO DE ETICA |
1. OBJETIVO |
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