TRABAJADORA SOCIAL
Las palabras empleadas en el presenteReglamento se entenderán en su sentidonatural yobvio, según el uso general de las mismas; sinembargo, las que a continuación se encuentrandefinidas, se entenderán en este sentido, para losefectos previstos en este Reglamento:
SUPERIOR.-Es el miembro de la Institución, quecon relación a otro ostenta mayor grado jerárquico.En igualdad de grado es superior el más antiguo.Independientemente del mando, la jerarquía yantigüedad no sealtera por el hecho de pertenecer al personal de línea o de servicios.
SUPERIOR DIRECTO.-
Es quien ejerce el mandoinmediato sobre determinados subalternos en razónde la función o servicio al quepertenece.
SUBALTERNO.-
Es el miembro de la Instituciónque por su grado y antigüedad, está sujetodisciplinario y administrativamente al superior, aquien debe respeto y consideración.
SUBORDINACIÓN.-Consiste en el acatamiento delas órdenes legalmente emanadas del superior, asícomo el cumplimiento de los deberes y obligaciones propios del grado y de la función que le fuereasignada.
SUBORDINADO.-
Esel subalterno que seencuentra bajo el mando directo de un superior, enforma permanente o temporal.
OBEDIENCIA.-
Consiste en el cumplimientoestricto de las órdenes y disposiciones legalmenteemanadaspor el superior.
RESPONSABILIDAD.-
Es la ineludible obligaciónde responder por las acciones u omisiones quecumple o deja de cumplir, con relación al grado yfunción.
ORDEN SUPERIOR.-
Es la queimparte unsuperior, verbalmente o por escrito a un subordinado para el cumplimiento. Las órdenes policiales debenestar encuadradas en las leyes, reglamentos,directivas, y más disposiciones vigentes.ÓRGANO REGULAR.-
Es el paso obligado quedebe observar un miembro de la Policía Nacional, afin de llegar ordenada y jerárquicamente hasta elsuperior o autoridad a quien corresponde elconocimiento y...
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