Tratamiento dietas de viaje
Se trata de retribuciones de carácter irregular que responden a los gastos que genera en el trabajador la orden empresarial de desplazamiento provisional otemporal a un lugar distinto a aquel donde habitualmente presta sus servicios o donde radica el centro de trabajo, de tal modo que el trabajador no pueda realizar sus comidas principales, o pernoctaren su domicilio habitual.
Es necesario que tales circunstancias concurran y que se justifique el gasto, salvo que la realidad del desplazamiento sea conocida por empresario.
Sólo existepercepción extrasalarial cuando tenga origen en el desplazamiento ordenado por el empresario.
Más dudas presenta la percepción de dietas cuando el trabajador ha sido contratado para prestar serviciosdirectamente en un lugar ajeno a su domicilio. Ahora bien, dada la razón de fondo que las justifica, sería absurdo no darles tal configuración, pues se podría contratar a un trabajador un día en un centro detrabajo, y al día siguiente desplazarle a un lugar distinto, en cuyo caso sí tendría derecho a la percepción de dietas. Pero en este caso, el problema surge con el tipo de contrato aplicable, todavez que el contrato de obra no sería herramienta hábil para ello. Pero interpretando la norma, podríamos llegar a decir:
- Si se contrata en Madrid mediante un contrato indefinido, trabaja un día enMadrid y va a Valladolid, ¿genera dietas?, la respuesta es que sí.
- Si se le contrata en Madrid mediante un contrato eventual, trabaja un día y va a Valladolid, ¿genera dietas?, la respuestatambién es que sí.
- Si se le contrata en Madrid mediante un contrato por obra o servicio determinado para una obra en Valladolid, ¿debe generar dietas? Parece que sí. El tipo de contrato aplicable nodebe ser el elemento que distinga la configuración salarial del trabajador. No debería aplicarse el literal de la norma de que el trabajador no se ha movido del lugar en que habitualmente prestaba...
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