Un A O De Derecho Al Olvido En Europa
13 mayo, 2015 Deja tu cometarioEscrito por Inma Moltó
Hoy 13 de mayo se cumple un año de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que abrió la puerta ala aplicación del derecho al olvido digital en la Unión Europea. Desde entonces se ha avanzado para marcar las pautas que regirán la aplicación de este derecho.
En la sentencia del 13 de mayo de 2014, elTribunal de Justicia de la Unión Europea daba la razón a un ciudadano español que pedía la cancelación de resultados al buscar su nombre en Google, ya que se mostraba una información desactualizada.La Justicia reconoció la obligación de buscadores como Google de borrar informaciones y enlaces. Concretamente en su decisión señalaba “cuando, a raíz de una búsqueda efectuada a partir del nombre deuna persona, la lista de resultados ofrece enlaces a páginas web que contienen información sobre esa persona, ésta puede dirigirse directamente al gestor del motor de búsqueda, o bien, si este últimono accede a su solicitud, acudir a las autoridades competentes para conseguir que se eliminen esos enlaces de la lista de resultados, bajo determinadas condiciones”.
A lo largo de este año un grupo deexpertos se ha reunido para tratar de delimitar estas determinadas condiciones, que se aludían en la sentencia, con el fin de buscar un equilibrio entre el derecho al olvido y el derecho a lainformación.
Entre las conclusiones a las que han llegado estos expertos, bautizados como el Consejo asesor de la UE en materia de protección de datos referentes al artículo 29, se encuentra la necesidaddeaplicar el derecho al olvido de manera global, con el objeto de que se asegure una protección completa y efectiva del ciudadano. Esto implica que los resultados se eliminen en todos los dominios delbuscador, incluido google.com. Este punto no es aceptado por Google.
Es de esperar que las condiciones generales de aplicación del derecho al olvido en Europa se marquen en el nuevo Reglamento de...
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