Ventas A Distancia
¿Cuándo se considera que una venta es a distancia?
¿Qué contratos están excluidos del concepto de venta a distancia?
¿Cómo deben ser las ofertas comerciales de ventas a distancia?
¿Qué información previa se debe suministrar al posible comprador?
¿Es posible que la aceptación tácita de la oferta?
¿Qué se puede hacer si se recibe un envío no solicitado?Una vez solicitado el pedido, ¿en qué plazo se debe enviar el producto? ¿Y si el
bien no está disponible?
¿Se puede desistir del contrato una vez recibido el producto? ¿En qué plazo?
¿Qué medios de pago se pueden utilizar?
¿Las empresas dedicadas a este tipo de venta deben someterse a algún tipo de
autorización especial?
¿Qué hacer en caso de conflicto?
NORMATIVA APLICABLE
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LAS VENTASA DISTANCIA
¿Cuándo se considera que una venta es a distancia?
Es una venta a distancia aquella realizada sin la presencia física simultánea del comprador y
del vendedor. En ella, tanto la oferta como la aceptación se realizan de forma exclusiva
mediante una técnica de comunicación a distancia y dentro de un sistema de contratación
organizado por el vendedor.
Son ejemplo de ventas adistancia las ventas por catálogo, mediante publicidad postal,
teléfono, radio, la televenta …
¿Qué contratos están excluidos del concepto de venta a distancia?
No se considera venta a distancia la celebrada mediante máquinas automáticas o en
subastas, los contratos sobre servicios financieros, los celebrados con los operadores de
telecomunicaciones debido a la utilización de los teléfonos públicosy los celebrados para la
construcción de bienes inmuebles.
Cuando la venta se realice a través de medios electrónicos habrá que remitirse a la
normativa específica que regula este sector.
¿Cómo deben ser las ofertas comerciales de ventas a distancia?
Las ofertas deben ser claras y completas constando inequívocamente que se trata de una
oferta comercial.
En el supuesto de que la propuesta sehaga telefónicamente deberá precisarse claramente
el carácter comercial de la llamada y la identificación del vendedor.
¿Qué información previa se debe suministrar al posible comprador?
Antes de iniciarse el procedimiento de contratación el vendedor debe informar de forma
veraz, eficaz y suficiente de:
- Su identidad y dirección.
- La inscripción en el Registro de Actividades Comerciales dela Comunitat Valenciana, si
la empresa tiene su domicilio social en este ámbito.
- Las características esenciales del producto.
- El precio, incluidos todos los impuestos.
- Los gastos de entrega y transporte, en su caso.
- La forma de pago y modalidades de entrega.
- La existencia de un derecho de desistimiento o resolución. En el caso de que se trate
de alguno de los contratos sinderecho de desistimiento, se advertirá de esta
circunstancia.
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- El coste de la utilización de la técnica de comunicación a distancia cuando se calcule
sobre una base distinta de la tarifa básica.
- El plazo de validez de la oferta y del precio.
- La duración mínima del contrato, si procede, cuando se trate de contratos de
suministro de productos destinados a su ejecución permanente o repetida.- Las circunstancias y condiciones en que el vendedor podría suministrar un producto de
calidad y precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor, cuando se
quiera prever esta posibilidad.
- En su caso, indicación de si el vendedor dispone o está adherido a algún procedimiento
extrajudicial de solución de conflictos.
Además, antes de la ejecución del contrato, elcomprador debe haber recibido por escrito
o por cualquier medio que permita tener constancia:
- Información sobre las condiciones y modalidades de ejercicio de los derechos de
desistimiento y resolución, así como un documento de desistimiento o revocación,
identificado claramente como tal, que exprese el nombre y dirección de la persona a
quien debe enviarse y los datos de identificación del...
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