N.d.a. s/inhabilitacion

Páginas: 29 (7085 palabras) Publicado: 12 de marzo de 2011
3.- SENTENCIA PARA ANALIZAR QUE CORRESPONDE A LAS DIAPOSITIVAS 24 a 28 inclusive, respecto Capacidad. Inhabilitación. Síndrome de Down. Curatela compartida. Inconstitucionalidad de oficio delos arts. 478 y 386 primer párrafo C.Civ. Aplicación analógica de la normativa sobre patria potestad

26/12/2006
Tribunal de Familia n. 2 de Mar del Plata

El Trib. Fam. n. 2, Mar del Plata, en autos"N., D. A. s/inhabilitación", declaró la inhabilitación judicial de una persona mayor de edad con Síndrome de Down en los términos del art. 152 bis, inc. 2 C.Civil; y designó a los dos progenitores, a pedido de éstos, para ejercer en forma "conjunta" los cargos de curadores de su hijo discapacitado; declarando para el caso la inconstitucionalidad de oficio de los arts. 478 y 386 primer párrafo (porremisión del art. 475) del C.Civil, y considerando aplicables por analogía las disposiciones que regulan el ejercicio de la patria potestad respecto de los hijos menores de edad.

N., D. A. s/Inhabilitación
Tribunal de Familia n. 2 de Mar del Plata

Mar del Plata, 26 de diciembre de 2006
a.. Y VISTOS :

Estos autos caratulados N., D. A. s/ Inhabilitación , expediente Nº 1121/06, de trámitepor ante este Tribunal de Familia N° 2, traídos a despacho para dictar sentencia y de los que;

RESULTA :

I) A fs. 13/18 se presentan los cónyuges en primeras nupcias dn. H.M. N. y dña. A. M. C. de N., con el patrocinio letrado de la Dra. E.E. S., solicitando se declare la inhabilitación del hijo del matrimonio, D. A. N., con el alcance dispuesto por el art. 152 bis del C. Civil, y se otorguea ambos progenitores de manera conjunta e indistinta (sic) la curatela asistida del hijo habido en común; además, solicitan se conceda el beneficio de litigar sin gastos con relación a la presente causa.

II) A fs. 26 se declara abierto el juicio de inhabilitación del causante y se disponen medidas de protección patrimonial y personal; y a fs.27 la Suscripta resuelve conceder el beneficio delitigar sin gastos requerido en la demanda, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 78 a 81, CPCC; auto que se ratifica a fs. 35, despacho que a la fecha se encuentra firme.

III) A fs.42 se tiene por aceptado el cargo de Curadora Provisoria del causante a la Defensoría Oficial N° 4 Departamental; y a fs. 43 toma intervención la Asesoría de Incapaces N° 1 Departamental.

IV) A fs. 67/68los Peritos Psiquiatras Oficiales reunidos en Junta Médica producen su dictamen, el que es notificado a los denunciantes a fs. 82, a la Asesora de Incapaces a fs. 76, al causante a fs. 80, y al curador provisorio a fs. 70.

V) A fs. 72/74 se expide favorablemente la Trabajadora Social de este Tribunal, dictamen que se encuentra notificado a los denunciantes y al causante a fs. 86, a la Asesoría deIncapaces a fs. 76 y a la Defensoría Oficial a fs. 78.

VI) A fs. 84 se encuentra agregada la Planilla de Juicios sobre la Capacidad de las Personas diligenciada oportunamente, donde se informa que no consta inscripto con anterioridad ningún juicio similar sobre la persona del causante.

VII) A fs. 93 se encuentra agregada en autos el acta labrada con motivo de la entrevista personalmantenida por la Suscripta con el causante y su grupo familiar -su hermano M. N. N., y sus dos progenitores-, en presencia de la Auxiliar Letrada de la Asesoría de Incapaces interviniente.

VIII) Por último, todos los intervinientes en autos solicitan se dicte sentencia: a fs. 88, la Asesoría de Incapaces; a fs. 86 y 93, los progenitores denunciantes; y a fs. 93vta., la Defensoría Oficial. Y a fs. 94 sellaman autos para sentencia, pronunciamiento que se encuentra firme.

Y CONSIDERANDO :

I) Con la documentación obrante a fs. 9 se acredita el nacimiento del causante en la ciudad de Mar del Plata el 12 de noviembre de 1979. Con la documentación de fs. 10 se acredita el matrimonio de los presentantes, celebrado en la ciudad de Mar del Plata el 7 de mayo de 1964 ( arts. 80 y 197 del C....
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