Administraciones publicas
I. Introducción. La pluralidad de Administraciones y la personalidad
jurídica de la Administración. II. La Administración General del Estado. 1.
Concepto y características generales. 2. Estructura básica de la
Administración General del Estado. 3. Los Ministerios: 3.1. La división
ministerial española. 3.2. Los órganos superiores de losMinisterios: 3.2.1.
Los Ministros. 3.2.2. Los Secretarios de Estado. 3.3. Los órganos
directivos de los Ministerios: 3.3.1. Los Subsecretarios. 3.3.2. Los
Secretarios Generales. 3.3.3. Los Secretarios Generales Técnicos. 3.3.4.
Los Directores Generales. 3.3.5. Los Subdirectores Generales.
I. Introducción. La pluralidad de Administraciones y la personalidad
jurídica de la Administración.
LaAdministración Pública es una organización al servicio de la
comunidad que, de acuerdo con el art. 103.1 de la Constitución Española (CE),
sirve con objetividad los intereses generales, con sometimiento pleno a la Ley y
al Derecho, y actúa bajo los principios de eficacia, jerarquía, descentralización,
desconcentración y coordinación. De modo que corresponde exclusivamente a
los Tribunales de justiciael control de la legalidad de la actuación
administrativa y el sometimiento de ésta a los fines que la justifican (art. 106
CE).
No hay una única Administración sino que, por el contrario, existen una
pluralidad de Administraciones Públicas titulares todas ellas de relaciones
jurídico-administrativas. De esta manera, junto a la Administración General del
Estado aparecen la Administración delas Comunidades Autónomas y la de la
Administración Local (municipios, provincias e islas).
Las diferentes Administraciones Públicas tienen personalidad jurídica
propia independiente. En este sentido, se manifiesta el art. 3.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas, cuando determina que “Cada una de las Administraciones Públicas
actúapara el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única”.
Previsión que se reitera en las normas reguladoras de cada una de las
Administraciones Públicas.
Así, para el ámbito de la Administración General del Estado, el art. 2.2
de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la
Administración general del Estado (LOFAGE), prevé que, “La Administración
General delEstado, constituida por órganos jerárquicamente ordenados, actúa
con personalidad jurídica única”. Mientras que pare el caso de los municipios,
provincias e islas, el dato de su personalidad jurídica aparece expresamente
determinado en los arts. 140 y 141 CE, respectivamente.
II. La Administración General del Estado
1. Concepto y características generales
La Administración General del Estadopuede definirse como aquella
parte de la Administración Pública encuadrada en el poder ejecutivo que tiene a
su cargo la gestión en todo el territorio nacional de los servicios y actuaciones
del Estado en cuanto unidad política.
Esta acepción del término tiene un carácter convencional y hace
referencia al Estado entendido como conjunto de las instituciones generales y
sus órganos centralesy territoriales, contraponiendo estas instituciones a las
propias de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local. En todo
caso, debe quedar claro que el término “Estado” es utilizado en otras ocasiones
por la Constitución Española (CE) y la doctrina para designar la totalidad de la
organización jurídico-política de la nación española incluyendo también las
organizaciones propias deaquéllas como sucede en el art. 137 CE, cuando
afirma que “El Estado se organiza territorialmente en municipios, provincias y
las Comunidades Autónomas que se constituyan”.
Esta es la razón por la que, sobre todo a partir de la entrada en vigor de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en
adelante,...
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