Derecho
El legislador canónico ha previsto un proceso tipo, el juicio contencioso ordinario. Pero existen otros procesos especiales, entre ellos el proceso matrimonial y el penal. |
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Los procesos especiales en el derecho canónico |
El derecho procesal canónico regula el juicio contencioso ordinario como proceso tipo. Es decir, seseguirán las normas del juicio contencioso ordinario, siempre que no sea de aplicación uno de los juicios especiales. Al juicio contencioso ordinario le dedica el Código de derecho canónico los cánones 1501 al 1655. Pero para tener una visión completa del derecho procesal canónico, se deben conocer los demás procesos. La doctrina los suele llamar procesos especiales, aunque esta denominación quizá no seaexacta, y se deba matizar.
El juicio contencioso ordinario es el único que está íntegramente regulado en el Código. Los procesos especiales son aquellos que tienen normas peculiares, al menos en parte. El Código de derecho canónico prevé que haya procesos especiales en atención a las peculiaridades de la materia de que trate la causa. De los procesos especiales el contencioso ordinario actúacomo supletorio: se aplican sus normas, salvo en lo que expresamente se indique en el Código.
Además de los procesos descritos en el Código de derecho canónico, debe tenerse en cuenta que existe otro proceso en la Iglesia, que es el de las causas de canonización y beatificación. El canon 1403 § 1 remite a una ley pontificia peculiar para estas causas: por cierto, se debe hacer notar que estaremisión excluye la competencia de la legislación particular sobre estas causas. La ley particular vigente es la Constitución Apostólica Divinus Perfectionis Magister de 25 de enero de 1983 (AAS 75 (1983) 349-355). Se deben tener en cuenta también las Normas de la Congregación para las Causas de los Santos de 7 de febrero de 1983 (AAS 75 (1983) 396-403).
El proceso contencioso oral
Se regula enlos cánones 1656 al 1670. Propiamente no se puede considerar especial a este proceso, tanto desde el punto de vista sistemático -se regula fuera de la Parte III del Libro VII, dedicada a los procesos especiales- como por la propia naturaleza del proceso: el canon 1656 § 1 permite una gran amplitud de causas que pueden tratarse por el proceso contencioso oral.
Su principal característica es elmodo de desarrollarse: el proceso se tramita sobre todo de modo oral. El juez ha de ser único, y convoca a las partes para las sesiones orales, llamadas audiencias. Hay actos judiciales que deben emitirse por escrito, e igualmente se prescribe que las partes entreguen algunos actos de modo escrito.
¿Qué causas se pueden llevar al proceso contencioso oral? El canon 1656 § 1 lo indica:
Canon1656 § 1: Por el proceso contencioso oral que se regula en esta sección, pueden tratarse todas las causas no excluidas por el derecho, salvo que una de las partes pida que se siga el proceso contencioso ordinario.
Entre las causas expresamente excluidas del proceso contencioso oral están las de nulidad matrimonial(canon 1690). Se recomienda, sin embargo, el proceso contencioso oral para lascausas de separaciónpermaneciendo el vínculo (canon 1693 § 1).
Procesos matrimoniales
Es el primero de los procesos verdaderamente especiales regulados en el derecho canónico. Hay a su vez varios tipos. Son los siguientes: el proceso de nulidad matrimonial, el proceso documental, las causas deseparación de los cónyuges, el proceso para la dispensa del matrimonio rato y no consumado, y el procesosobre la muerte presunta del cónyuge.
Proceso de nulidad matrimonial
Nos referimos al proceso en el que se impugna un matrimonio -se pregunta al juez por la nulidad o no de un matrimonio- y no es aplicable el proceso documental. Lo regula el Código de derecho canónico en los cánones 1671 al 1685. Sus principales características se refieren al tribunal competente, al efecto de cosa...
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