Justicia constitucional
DEFINICIÓN: “Calidad o condición que la ley atribuye a ciertos créditos y que permite al acreedor ejercer su derecho en la vía ejecutivo, aun careciendo de documento emanado del deudor que justifique la obligación.” Diccionario Jurídico del Dr. Galo Espinoza, Tomo II, p. 714.
Los títulos ejecutivos según la doctrina, son aquellos instrumentos a los que la Ley lesreviste de una presunción de autenticidad, presunción que solamente puede ser desvirtuada, mediante la prueba respectiva que debe rendir el que impugna en juicio, así por ejemplo una letra de cambio, un pagaré a la orden, que no cumplan con los requisitos de forma que para su validez lo exigen los Arts. 410 y 486, respectivamente, del Código de Comercio. Es por esta razón que la Ley enumera los títulosejecutivos y determina las condiciones que deben reunir para que sean considerados como tales.
Por consiguiente solo la Ley puede crear títulos ejecutivos y este principio está consagrado en el Art. 413 de la nueva Codificación del Código de Procedimiento Civil, que establece cuales son los títulos ejecutivos e indica luego de su enumeración “los demás instrumentos a los que leyes especialesdan el carácter de títulos ejecutivos”.
El Art. 413 del Código de Procedimiento Civil determina los siguientes títulos ejecutivos:
- La confesión de parte hecha con juramento ante juez competente;
- La sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada;
- La copia o la compulsa auténticas de las escrituras públicas;
- Los documentos privados reconocidos ante juez o notario público;
- Lasletras de cambio;
- Los pagarés a la orden;
- Los testamentos;
- Las actas judiciales de remate, o las copias de los autos de adjudicación debidamente protocolizados, según los casos;
- Las actas de transacción u otras que contengan obligaciones de dar o hacer alguna cosa;
- Los demás instrumentos a los que las leyes especiales dan el carácter de títulos ejecutivos; Siendo estas los siguientes:
-Los cheques de acuerdo con lo previsto en el Art. 57 de la Ley de Cheques;
- Del Contrato de Seguro- Capítulo I, Sección II, Art. 9 del Código de Comercio;
- Art. 32 de la Ley de Aviación Civil;
- Art. 12, inc. 8º de la Ley de Cámaras de Comercio;
- Art. 219 de la Ley de Compañías;
- Art. 42 de la Ley de Concurso Preventivo;
- Art. 73 de la Ley de Contratación Pública;
- Art. 54 de la Leyde la Corporación Financiera Nacional;
- Art. 147 de la Ley de Mercado de Valores;
- Art. 52 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero;
- Arts. 43, inc. 7º y 47 inc. 1º de la Ley General de Seguros;
- Art. 303, numeral 18 de la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control:
- Arts. 13 y 15 de la Ley de Propiedad Horizontal.
ANÁLISIS DE LOS TITULOS EJECUTIVOSPREVISTOS EN EL ART. 413 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL:
LA CONFESIÓN JUDICIAL
El Art. 122 del Código de Procedimiento Civil, nos da la definición de la confesión judicial cuando dice “Confesión judicial es la declaración o reconocimiento que hace una persona, contra si misma, de la verdad de un hecho o de la existencia de un derecho.”
Por su parte el Código Civil en su Art. 1730 la define“La confesión que alguno hiciere en juicio, por si, o por medio de un apoderado especial o de su representante legal, y relativa a un hecho personal de la misma parte, producirá plena fe contra ellos, aunque no haya un principio de prueba por escrito, salvo los casos comprendidos en el Art. 1718, inc. 1° y los demás que la ley exceptúe”.
Del contenido de estas dos definiciones podemos decir que sinser contrarias se complementan, pues el referido Art. 122 del Código de Procedimiento Civil, añade un elemento que no lo tiene el Art. 1730, esto es “el reconocimiento de un derecho”, esto significa que las preguntas que debe contener el pliego de posiciones no solamente puede limitarse a hechos, pero las dos definiciones sin duda alguna concuerdan que es la declaración que hace una persona...
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