Los Derechos Humanos
Facultad de Ingeniería
Escuela Mecánica Industrial
Legislación I
Lic. Oscar Segura
Preeminencia en Materia de Derechos Humanos
Bárbara Nicole Carranza Barrios
201403846
Guatemala, 28 de julio de 2015
Preeminencia en materia de Derechos Humanos
Artículo 44. Derechos inherentes a la persona humana. Los derechos y garantías que otorga laConstitución no excluyen otros que, aunque no figuren expresamente en ella, son inherentes a la persona humana.
Artículo 46. Preeminencia del Derecho Internacional. Se establece el principio general de que en materia de derechos humanos, los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno.
"(...) esta Corte estima conveniente definir suposición al respecto. Para ello parte del principio hermenéutico de que la Constitución debe interpretarse como un conjunto armónico, en el que el significado de que cada parte debe determinarse en forma acorde con las restantes, que ninguna disposición debe ser considerada aisladamente y que debe preferirse la conclusión que armonice y no la que coloque en pugna a las distintas cláusulas deltexto.
En primer término, el hecho de que la Constitución haya establecido esa supremacía sobre el Derecho interno debe entenderse como su reconocimiento a la evolución que en materia de derechos humanos se ha dado y se tiene que ir dando, pero su jerarquización es la de ingresar al ordenamiento jurídico con carácter de norma constitucional que concuerde con su conjunto, pero nunca con potestadreformadora y menos derogatoria de sus preceptos por la eventualidad de entrar en contradicción con normas de la propia Constitución, y este ingreso se daría no por vía de su artículo 46, sino -en consonancia con el artículo 2. de la Convención- por la del primer párrafo del 44 constitucional… " .
El artículo 46 jerarquiza tales derechos humanos con rango superior a la legislación ordinaria o derivada,pero no puede reconocérsele ninguna superioridad sobre la Constitución, porque si tales derechos, en el caso de serlo, guardan armonía con la misma, entonces su ingreso al sistema normativo no tiene problema, pero si entraren en contradicción con la Carta Magna, su efecto sería modificador o derogatorio, lo cual provocaría conflicto con las cláusulas de la misma que garantizan su rigidez ysuperioridad y con la disposición que únicamente el poder constituyente o el refrendo popular, según sea el caso, tienen facultad reformadora de la Constitución. (Artículos 44 párrafo tercero, 175 párrafo primero, 204, 277, 278, 279, 280 y 281 de la Constitución Política.
Por otro lado, la pretensión de preeminencia sobre la Constitución tendría sentido si la norma convencional entrase en contravencióncon la primera, puesto que la compatibilidad no ofrece problemas a la luz de lo establecido en el artículo 44 constitucional, pero resulta que el poder público guatemalteco está limitado a ejercer sus funciones dentro del marco de la Constitución, por lo que no podría concurrir al perfeccionamiento de un convenio o tratado internacional que la contravenga (...)" Expediente No. 280-90. Fecha desentencia: 19/10/1990.
"(...) es necesario, previamente a analizarlo, determinara el lugar que el Convenio ocupa dentro del ordenamiento jurídico y su posición respecto de la Constitución para dilucidar sí, en un momento determinado, podrían subsistir aspectos de la norma por contradecirla” (...) el hecho de que la Constitución haya establecido esa supremacía sobre el Derecho Interno, debeentenderse como su reconocimiento a la evolución en materia de derechos humanos, pero su jerarquización es la ingresar al ordenamiento jurídico interno junto a aquellas normas que superen el reconocimiento explícito de los derechos que ella posee, pero nunca con potestad reformadora y menos derogatoria de sus preceptos por la eventualidad de entrar en contradicción con normas de la propia Constitución y...
Regístrate para leer el documento completo.