4 CAS 1436 2013 Contractual

Páginas: 25 (6090 palabras) Publicado: 25 de septiembre de 2015
CAS. Nº 1436-2013 LIMA.
El desviar la decisión del marco del debate judicial, generando indefensión, constituye vulneración del derecho a la tutela judicial y motivación de la sentencia.
Lima, siete de noviembre de dos mil trece:
LA SALA CIVIL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA:
Visto el expediente número mil cuatrocientos treinta y seis - dos mil trece, en AudienciaPública de la fecha, con informe oral y emitida la votación correspondiente conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial, expide la siguiente sentencia:
1: MATERIA DEL RECURSO:
Que, se trata del recurso de casación interpuesto por RÍMAC INTERNACIONAL COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS (fojas 845), contra la sentencia de vista contenida en la resolución número veintitrés (fojas 825), del dieciochode diciembre de dos mil doce, que revocó la sentencia apelada, comprendida en la resolución número treinta y uno (fojas 602), del ocho de setiembre de dos mil once, que declaró infundada la demanda interpuesta por Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros; y reformándola declaró fundada la demanda; en consecuencia, cumplan Inversiones Marítimas Universales Sociedad Anónima IMUPESA y RímacInternacional Compañía de Seguros y Reaseguros con pagar a favor de la demandante la suma de ciento treinta y seis mil trescientos noventa y tres dólares americanos con cincuenta centavos (US$ 136,393.50), con costas y costos.
2: CAUSALES POR LAS QUE SE DECLARÓ PROCEDENTE EL RECURSO DE CASACIÓN:
Que, esta Sala Suprema, por resolución de fecha catorce de junio de dos mil trece (fojas 73 del cuaderno decasación), declaró la procedencia ordinaria del recurso de casación por la causal de: a) infracción normativa de los artículos 188 y 197 del Código Procesal Civil, y, la procedencia excepcional del citado recurso por: b) infracción normativa del artículo 139, inciso 5, de la Constitución Política del Perú.
3 ANTECEDENTES:
Que, para efectos de determinar si en el caso concreto se han infringidolos dispositivos procesales antes mencionados, es necesario realizar las precisiones que a continuación se detallan: 3.1. Que, Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros Sociedad Anónima, a través de su escrito ingresado el dos de octubre de dos mil ocho (fojas 58), interpone demanda de indemnización por daños y perjuicios contra Inversiones Marítimas Universales Sociedad Anónima - IMUPESA yRímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros, a efecto que cumplan con pagarle en forma solidaria la suma de ciento treinta y seis mil trescientos noventa y tres dólares americanos con cincuenta centavos (US$ 136,393.50), o su equivalente en nuevos soles, producto de la indemnización por responsabilidad contractual originada por el incumplimiento del Contrato de Transporte (Guía de Remisiónnúmero emitida por IMUPESA, Factura número 002-0214281, Factura número 003- 0154635, Factura número 008-0026815, emitidas por IMUPESA), por la cual Inversiones Marítimas Universales Sociedad Anónima se comprometió a efectuar el traslado de la mercadería del puerto Terminal Marítimo del Callao a su almacén y entregarla al consignatario (Computer Warehouse Sociedad Anónima Cerrada) en las mismas buenascondiciones que lo recibió. Indica que Computer Warehouse Sociedad Anónima Cerrada contrató los servicios logísticos y de almacenamiento de la demandada IMUPESA, a efecto de llevar a cabo el traslado del contenedor número TTNU 950875-2, Precinto - 537874, manifiesto 2636, en cuyo interior se encontraban mil cuatrocientos noventa y siete cajas conteniendo partes de computadoras e impresoras,traslado que debía efectuarse desde las instalaciones del Terminal Marítimo del Callao, hasta las instalaciones del Terminal de Almacenamiento de IMUPESA. Refiere que IMUPESA subcontrató a la empresa de Transportes “M Transport Servicios Integrados Sociedad Anónima Cerrada”, la que a su vez sub-contrató a Frank Miguel Morante Espinoza, Transportista número 001-123663, quien fi gura en la Guía de...
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