870

Páginas: 28 (6934 palabras) Publicado: 24 de mayo de 2015
870
"Reynoso, Walter Leonardo c/ Dirección de Vialidad y otro s/ Pretensión indemnizatoria".-
Mercedes, 23 de junio de 2010.-
VISTOS:
Estos autos caratulados “REYNOSO, Walter Leonardo c/ Dirección de Vialidad y otro S/ Pretensión indemnizatoria”, expediente Nº 870, en tramite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del departamento judicial deMercedes, a mi cargo, que se encuentran en estado de dictar sentencia y de los que,
RESULTA:
I.- Que a fs.30/50vta. se presenta el Dr. Hector Alfredo Bani, en nombre y representación del Sr. Walter Leonardo Reynoso, iniciando demanda por la suma de $ 529.000,00 -con mas sus intereses y costas-, contra la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires (en adelante DVBA), contra lamunicipalidad de Lujan y contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires para el supuesto de que condenada la DVBA, no hiciese frente a su obligación indemnizatoria. Todo ello, por las lesiones sufridas por el actor el día 30/01/2004 en el accidente ocasionado “por el vicio que presentara la transitabilidad de la ruta provincial Nº 192 aproximadamente a la altura del Km 12,000” (v. fs.31).
II.- Liminarmente,expone el accionante sus fundamentos, en relación a la legitimación pasiva de las personas demandadas. Al respecto, manifiesta que un bache en la ruta importa un vicio en la misma, significando para quien transita aquella una fuente de potenciales riesgos, por lo que -en su entender- esta fuera de discusión la relación de causalidad entre la omisión de la DVBA en reparar tales vicios y la caídadel actor, que deriva en los daños cuyo resarcimiento se reclama. Ello así -afirma- por cuanto corresponde la objetiva imputación de responsabilidad al dueño o guardián de la ruta viciada.
Continua señalando que el Estado debe ser responsabilizado por la mala actuación de sus funcionarios, deficiencia que lo hace incurrir en la llamada falta de servicio, y que al cumplir de manera irregular lasobligaciones legales que le estaban impuestas, pone en juego la responsabilidad del Estado en el derecho publico.
Asegura entonces, que de haber existido el debido contralor y detectado que hubiera sido tal falencia estructural en la RP Nº192, el accionante ese día no hubiera sufrido las consecuencias que por la presente se reclaman.
En definitiva -sigue diciendo- surge la responsabilidad de laDVBA y de la municipalidad demandada por haber incurrido en la omisión de un concreto servicio: conservación y reparación de las rutas bajo su jurisdicción y/o convenio.
Manifiesta asimismo, que por imperio del decreto 7943/72, la DVBA asumió la vigilancia, custodia, conservación y reparación de las rutas provinciales, por lo cual, el incumplimiento de esos deberes convierten en ilícita esaabstención. Y subraya que este conjunto de compromisos los asume la DVBA por ejercer el poder de policía sobre los trabajos realizados y que se realicen en los caminos públicos de la red provincial, con el objetivo de asegurar y garantizar la integridad física y aun moral de las personas.
Advierte que la finalidad que tiene el decreto 7943/72, es asegurar que los terceros que transiten con susvehículos por las rutas provinciales, no tengan que sorprenderse con imprevistos indeseables, y por ende, un riesgo menos en las contingencias del transito. Expresa que si esa finalidad no se cumple por ausencia de la DVBA, el derecho es desviado del fin para el cual ha sido reconocido como tal, dejando de ser derecho y pasa a ser un acto ilícito al provocar perjuicio.
En relación al hecho dañoso en si,relata que el día 30 de enero de 2004, cerca del mediodía, en ocasión en que el actor venia transitando por la RP Nº 192 en una motocicleta Suzuki RV50N, desde la ciudad de Lujan hacia la localidad de Torres, ceñido a la derecha de tal sentido de circulación, cuando al llegar aproximadamente a la altura del KM 12,000, la rueda delantera de la motocicleta se introduce de lleno en un bache cuya...
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