Abandono por mas de un año
No. Registro: 170762
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXVI, Diciembre de 2007
Materia(s): CivilTesis: XVII.1o.C.T.50 C
Página: 1710
DIVORCIO. ELEMENTOS PARA QUE SE CONFIGURE LA CAUSAL DE SEPARACIÓN DEL HOGAR CONYUGAL (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 256, FRACCIÓN XVII, DEL CÓDIGO CIVIL DELESTADO DE CHIHUAHUA).
El artículo 256, fracción XVII, del Código Civil del Estado de Chihuahua establece: "Son causas de divorcio contencioso: ... XVII. La separación del hogar conyugal por uno de loscónyuges por más de un año sin que el otro haya entablado demanda de divorcio.". Ahora bien, de la interpretación de dicho precepto claramente se advierte, que para que prospere dicha causal se requiereacreditar no únicamente la existencia del domicilio conyugal y la separación de él, sino también la circunstancia de que quien se queda en el domicilio no entable demanda de divorcio en el lapso de unaño, contado a partir de la fecha de la separación, y si lo promueve con posterioridad, no impide que aquélla se configure por tal motivo, dado que ya se consumó el plazo que para tal efectoestableció el legislador, es decir, dicha acción compete al cónyuge que se separa del hogar conyugal, toda vez que si el abandonado no demanda el divorcio dentro del término de un año, nace a favor delabandonante el derecho a demandar el divorcio con base en la citada causal, esto es, se consuma la hipótesis prevista y se impone una consecuencia a la conducta omisa del cónyuge abandonado, al facultarseal otro para promover el divorcio, ya que la intención del legislador fue evitar que la separación de hecho de los esposos se prolongue por mucho tiempo o indefinidamente, pues de no ser así se estaríaautorizando un modo de vida contrario al estado matrimonial, habida cuenta de que es la vida en común la que permite su realización y el cumplimiento de sus fines.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN...
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