Aborto
Solo en casos de violación o de riesgo de vida de la madre se puede realizar un aborto, pero, ¿acaso la falta de recursos o de experiencia de una pareja, mujer eincluso en ciertos casos niñas, no podría ser causa para que sean acogidas dentro de la ley del código penal en su artículo 343?
En el 2006, mediante un Litigio de alto impacto en Colombia (LAICIA), laWomen's Link Worldwide y Center for Reproductive Rights lograron eliminar la inconstitucionalidad del aborto, en contra de la opinión del mayoritario movimiento pro-vida de Colombia.
Motivados por laLAICIA, la Corte Constitucional de Colombia, en mayo del 2006, despenalizó el aborto para los siguientes supuestos: que el embarazo sea fruto de una violación denunciada; cuando haya una malformacióngrave en el feto que sea incompatible con la vida; o cuando el embarazo represente riesgo para la vida madre.
El ejecutivo lo reglamentó a finales del mismo año, contradiciendo con tales accionesjurídicas -según los grupos pro-vida- el artículo 11 de la constitución colombiana, que establece que "el derecho a la vida es inviolable, y no habrá pena de muerte".
¿Pero acaso es esto justo?, en miconcepción las mujeres tienen el derecho a tomar las decisiones sobre su vida, y ellas contemplan una mayor cantidad de razones a la hora de considerar practicarse un aborto, entre estas: problemaseconómicos, embarazos previos con complicaciones, problemas con los hijos actuales, contraindicaciones médicas generales para el embarazo, conflictos maritales, sentimientos de soledad, aspiraciones...
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