Administracion estrategica
Art. 2.- Los Comandantes de Puerto actuarán bajo la dependencia del Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación. | | |
Art. 3.- Habrá tantasComandancias de Puerto como puertos habilitados para el comercio exterior. | | |
Art. 4.- Los Comandantes de Puerto son miembros de la Policía Judicial. En esta calidad y en los casos de crímenes y delitos cometidos a bordo de buques mercantes nacionales o extranjeros, surtos en puertos dominicanos o que se encuentren en aguas territoriales, actuarán sometiendo los hechos a los TribunalesOrdinarios sin perjuicio de las actuaciones de los demás miembros de la Policía Judicial. Copia de todo el expediente será enviada a la Secretaría de Estado de Guerra, Marina y Aviación, para su debida información.a) Si el crimen o delito fuese cometido a bordo de un buque de guerra no podrán entrar a éste, limitándose a redactar un acta de los hechos de que tuviesen conocimiento, la cual seráremitida a título informativo, al Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación. | | |
Art. 7.- La jurisdicción territorial de las Comandancias de Puerto y la extensión de las zonas portuarias serán determinadas por el Secretario de Estadode Guerra, Marina y Aviación, con la aprobación del Presidente de la República. | | |
Art. 7.- La jurisdicción territorial de las Comandancias de Puerto yla extensión de las zonas portuarias serán determinadas por el Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación, con la aprobación del Presidente de la República. | | |
Art. 8.- Los edificios y construcciones particulares establecidos en las zonas portuarias estarán sujetos a la vigilancia y policía de los Comandantes de Puerto. | | |
Art. 9.- Los Comandantes de Puerto velarán por laseguridad y desahogo de los puertos. Queda prohibido poner sobre el muelle botes, canoas u objetos de uso de los buques sin permiso del Comandante de Puerto. | | |
Art. 10.- Los pilotos de puerto, vigías e inspectores de costas, así como los maquinistas y marinos de las lanchas de puerto, actuarán bajo la dependencia inmediata de los Comandantes de Puerto. | | |
Art. 11.- Queda prohibido alos botes destinados al servicio de pilotaje admitir a su bordo carga o pasajeros. En caso de fuerza mayor debidamente justificada, el Comandante de Puerto autorizará cualquier operación de esta naturaleza. | | |
Art. 12.- Ningún capitán de buque podrá sondear la barra o el puerto sinautorización del Comandante de Puerto. No podrá, tampoco, halar su buque a tierra, darlo de quilla o de labanda, ni dar fuego al fondo del buque sin permiso del Comandante de Puerto. | | |
Art. 13.- Los Comandantes de Puerto informarán directamente al Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación, de las entradas y salidas de buques en su jurisdicción, con indicación del nombre, la nacionalidad, el tonelaje, la carga de cada uno, el nombre del Capitán, así como también el número de pasajeros queconduzcan. De igual modo informarán al Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación acerca de todo naufragio o suceso marítimo que ocurra en su jurisdicción. | | |
Art. 14 .- Los Comandantes de Puerto llevarán los siguientes libros: a) Un libro de Registro de Gente de Mar, en el cual se asentarán los nombres, apellidos, apodos, residencia, nacionalidad, estado civil y CédulaPersonal de Identidad, de las personas que, dentro de sus respectivas jurisdicciones, hayan obtenido u correspondiente Carnet de Gente de Mar, así como los certificados de capacidad de cada uno. b) Un libro de Matrícula, en el cual se asentarán los nombres y las características de las embarcaciones nacionales, matriculadas dentro de sus respectivas jurisdicciones. Todas las embarcaciones...
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