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Fecha: 2008-10-05 16:53:12
por: López y Valdés CONSULTORÍ@ (lvconsultoria@mexico.com)
La garantía de audiencia, unade las más importantes dentro cualquier régimen jurídico, ya que implica la principal defensa de que dispone todo gobernado frente a actos del poder público, que tienden a privarlo de sus más carosderechos y sus más preciados intereses, está consignada en el segundo párrafo de nuestro Art. 14 constitucional que ordena:
“Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades,posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas conanterioridad al hecho”.
Come se puede advertir, la garantía de audiencia está contenida en una fórmula compleja e integrada por cuatro garantías específicas de seguridad jurídica, a las cualesposteriormente nos referiremos, y que son: a) la de que en contra de la persona, a quien se pretenda privar alguno de los bienes jurídicos tutelados por dicha disposición constitucional, se siga unjuicio; b) que tal juicio se substancie ante tribunales previamente establecidos; c) que en el mismo se observen las formalidades esenciales del procedimiento, y, d) que el fallo respectivo se dicteconforme a las leyes existentes con antelación al hecho o circunstancia que hubiere dado motivo al juicio.
Hemos afirmado que la garantía de audiencia se compone, en los términos del Artículo 14Constitucional, de cuatro garantías especificas, necesariamente concurrentes, y que son:
El juicio previo a la privación, que dicho juicio se siga ante tribunales establecidos con antelación; que en elmismo se observen las formalidades procesales esenciales, y que el hecho que diere origen al citado juicio se regule por leyes vigentes con anterioridad.
El juicio previo a la privación: juicio...
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