Amparo indirecto
II.- NOMBRE: Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: No existe tercero perjudicado por tratarse de un Amparo en Materia Administrativa.
III.- AUTORIDADES RESPONSABLES ‚ Señalo como Autoridades Responsables las siguientes:
ORDENADORAS: C. JUEZ CIVIcO en LA DELEGACIÓN _______ y EL C. SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
EJECUTORAS: C. Director del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social del Distrito Federal (EL TORITO), ubicado en Avenida Aquiles Sérdan, esquina con Lago Gascasónica, Colonia San Diego Ocoyoacac, C.P. 11290 de esta Ciudad, lugar en que se encuentra Detenido actualmente.
IV.- ACTO RECLAMADO, EL ARRESTO ADMINISTRATIVO YA EJECUTÁNDOSE EN CONTRA del QUEJOSO en el CENTRO DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y DE INTEGRACION SOCIAL DE ESTA CIUDAD (EL TORITO).
V.- GARANTIAS VIOLADAS, las Autoridades Ordenadoras violan en perjuicio de los Quejoso, las Garantías de Libertad y Seguridad contenida en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federalbsp; VII.- PROTESTÁ ‚ Bajo protesta de decir verdad manifiesto que los Hechos y abstenciones que constituyen los antecedentes de los actos reclamados.
ANTECEDENTES DELACTO RECLAMADO
Que el día de hoy recibí una llamada Telefónica del Hoy Quejoso, quien me manifestó lo siguiente: Que siendo aproximadamente como las 04:00 A.M. al circular por calles de la Ciudad de México, fue Detenido ILEGALMENTE, por Elementos de la Secretaria de Seguridad Pública Distrito Federal e inmediatamente trasladado en calidad de Arrestado al Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social DEL DISTRITO FEDERAL (EL TORITO) ubicado en Avenida Aquiles Serdán, Esquina con Lago Gascasónica, Colonia San Diego Ocoyoacac, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11290 de esta Ciudad, donde se encuentra ARRESTADO ILEGALMENTE.
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN
PRIMERO.- Las autoridades responsables violan en su perjuicio las garantías de Seguridad y de Legalidad, la de debida Fundamentación y Motivación de todo acto de autoridad, en especial las referentes a las Formalidades Esenciales del Procedimiento, ya que al dictar una Orden de Arresto sin antes Agotar en forma Gradual las Medidas de Apremio que se contienen en el Artículo 31 del Código de Procedimientos Penalespara el Distrito Federal, lo anterior en virtud de que conforme al artículo 18 de la Ley de Justicia Cívica, es aplicable para los efectos del Procedimiento de Justicia Cívica y Supletoriamente lo Dispuesto en ese Código.
En efecto el artículo 31 del Código de Procedimientos Penales dispone como Medidas de Apremio las siguientes: . . . 1.- El Apercibimiento, 2.- la Multa, 3.- la Suspensión y 4.- el ARRESTO hasta por 36 horas. Por lo que en todo caso se les debió primeramente de “”Apercibir o Aplicar una Multa”” y por lo tanto al tenerlos Privados de su Libertad , mediante un Arresto INCONMUTABLE, se viola lo dispuesto por el artículo 14 Constitucional.
El Artículo 14 Constitucional, refiere en lo conducenteal cumplimiento de las formalidades esenciales del Procedimiento, lo siguiente:
””Nadie puede ser Privado de la Vida, de la . . . LIBERTAD, . . . o de sus Propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los Tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO y conforme a las...
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