animales en peligro de extincion
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Disminución natural vs. extinción
Hablamos de disminución natural de una especie cuando su continuidad se ve comprometida a causa de desastres climatológicoscomo terremotos, inundaciones, sequías, etc. Hablamos de extinción cuando el perjuicio de su continuidad se debe a causas exclusivamente atribuibles a la mano del hombre como la caza, la alteracióndel medio ambiente, la destrucción de hábitats naturales, la contaminación, la introducción de especies foráneas que acaban con las autóctonas, etc.
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Ley 4/1989, de Conservación de los EspaciosNaturales y de la Flora y Fauna Silvestres
El 27 de Marzo de 1989 se promulgó la Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Puede consultar eldocumento completo en BOE.es. En su punto 30.1 se crea el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas "que se instrumentará reglamentariamente, en el que se incluirán las especies, subespecies y poblacionesclasificadas en las categorías previstas en el artículo 29 de la presente Ley, sobre la base de los datos de que pueda disponer el Estado o de los que facilitarán las Comunidades Autónomas".
Estecatálogo establece cuatro categorías, facilitando la aplicación de medidas de protección:
- En peligro de extinción: una especie, subespecie o población debe incluirse en esta categoría cuando losfactores negativos que inciden sobre ella hacen que su supervivencia sea poco probable a corto plazo.
- Sensibles a la alteración de su hábitat: un taxón deberá ser incluido en esta categoría cuando noestando en peligro de extinción se enfrenta a un riesgo de desaparición en la naturaleza a medio plazo debido principalmente a que ocupa un hábitat amenazado, en grave regresión, fraccionado o muylimitado.
- Vulnerables: un taxón será considerado como tal cuando sin estar en peligro de extinción se enfrenta a un riesgo de desaparición en la naturaleza a medio plazo.
- De interés especial:...
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