Apuntes de derecho

Páginas: 27 (6731 palabras) Publicado: 21 de junio de 2010
FALLO 1

Copiapó, veinticuatro de julio de dos mil ocho.
VISTOS:
Que en causa R.U.C. 08-4-0000531-2, R.I.T. 0-3-2008, doña Teresa Reyes Aspillaga deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de nueve de mayo de dos mil ocho, dictada por el Juez Interino del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, don José Marcelo Alvarez Rivera,mediante la cual se procedió al rechazo de la demanda de reclamo por despido injustificado y cobro de prestaciones labores, de cuatro de abril de dos mil ocho, interpuesta por don Enio Ernesto Tabilo Tabilo en contra de la “Compañía Contractual Minera Candelaria”. Funda el recurso en las causales previstas en el artículo 477 inciso primero, parte primera y, segunda, y, en elartículo 478, letra e), todos del Código del Trabajo.
Solicita en definitiva la invalidación de la sentencia contra la cual se recurre, estableciéndose el estado en que deberá quedar el proceso y ordenando al tribunal a quo correspondiente la fijación de nuevo día y hora para llevar a efecto la celebración de la audiencia preparatoria de autos.CONSIDERANDO:
1.-) Que la primera causal de nulidad invocada es la contemplada en el artículo 477 inciso primero, parte primera del Código del trabajo que establece que “Tratándose de las sentencias definitivas, sólo será procedente el recurso de nulidad, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringidosustancialmente derechos o garantías constitucionales…”.
Señala la recurrente que la sentencia que se impugna de nulidad, dictada en el procedimiento de aplicación general, en autos R.I.T. 0-3-2008 del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, no hizo lugar a la demanda de reclamación por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales planteada por su representado en contrade la “Compañía Contractual Minera Candelaria”, fundada en las consideraciones segunda, tercera y cuarta de dicha sentencia, que pasa a reproducir:
“2º Que con fecha 24 de abril de 2008 la demandada, contestando, solicitó el rechazo de la demanda en todas sus partes fundada en las consideraciones de hecho y de derecho expuestas en su escrito respectivo.3º Que llegado el día 30 de abril de 2008, época fijada para celebrar la audiencia preparatoria, no se presentó ninguna de las partes.
4º Que transcurrido el plazo de cinco días contados desde la fecha en que debió efectuarse la audiencia preparatoria ninguna de las partes solicitó, conjunta o separadamente, nuevo día y hora para su realización, por lo que pese ala evidente controversia suscitada entre las partes, ninguna de ella manifestó su voluntad en cuanto a perseverar en sus pretensiones, por lo que este tribunal carece de los elementos de convicción necesarios para dar lugar a las pretensiones incoadas”.
El tribunal visto además lo dispuesto en el artículo 429 del Código del Trabajo negó lugar, como se señaló, ala demanda interpuesta por don Enio Ernesto Tabilo Tabilo en contra de “Compañía Contractual Minera Candelaria”.
2.-) Que sostiene el recurrente, que de la manera señalada, se ha violado la garantía constitucional del debido proceso a que se refiere el artículo 19 Nº 3 inciso 5º de la Constitución Política de la República, que establece que toda sentencia deun órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado, correspondiendo al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos.
Agrega que en el caso que se conoce, respecto de los principios formativos del proceso, a que se refiere el artículo 425 del Código del Trabajo, se han...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • APUNTOS DE DERECHOS
  • Apuntes De Derecho
  • Apunte derecho
  • Apuntes derechos
  • apuntes de derecho
  • Apuntes derecho.
  • apuntes derecho
  • Apuntes de derecho

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS