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Santiago Zorrilla Arena advierte que en el caso de las ciencias sociales, y aquí este autor incluiría al derecho, lainvestigación inicia con la observación y luego se plantea la hipótesis; dentro de las ciencias sociales, destaca, se plantean dificultades muy especiales cuando se quiere aplicar losmétodos existentes como producto de lacomplejidad y naturaleza de los datos estudiados, la limitada posibilidad de experimentar y controlar con prueba claras y la ambigüedad de probar una teoría social por sus resultados.
Diferenteopinión es la de Héctor Fix-Zamudio, quien establece en la obra consultada para este trabajo y descrito en la bibliografía que no existe una tajante diferencia en el procedimiento que siguen losinvestigadores de las ciencias naturales y de las calificadas como culturales (que, en este caso, es donde el autor en cita ubica al derecho). En todo caso, destaca Fix-Zamudio, la distinción radica en lamanera de obtener los datos particulares que son mucho más evidentes y comprobables en la naturaleza que en los productos del espíritu.
Norberto Bobbio, citado por Jorge Witker, dice que el derecho, comociencia social que programa y coordina comportamientos o conductas individuales y sociales pueden investigarse desde dos perspectivas epistemológicas que son, a saber:
1. Como un sistemade normas dado, que bloquea el tiempo y que es necesario conservar y reproducir, perspectiva que bajo el formalismo jurídico tiene su más nítida expresión.
2. Como un conjunto dinámico de prescripciones que seadecuan y cambian con las relaciones sociales y que exige al investigador un esfuerzo interdisciplinario para captar el "dándose aquí y ahora" en una institución o regla del derecho.
PERSPECTIVAS DELMÉTODO Y EL DERECHO
Héctor Fix-Zamudio, encuentra cuatro perspectivas del método aplicado al campo jurídico:
1. Concepción filosófica del método jurídico, centrándose fundamentalmente en los...
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