Articulo Sear Susten Legal
El Sistema Educativo Autonómico Regional (SEAR) promueve en los y las alumnas, a través del proceso enseñanza y aprendizaje, el desarrollo decompetencias básicas, el desempeño lingüístico coherente en diversos idiomas en la Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Técnica y Universitaria, tomando en cuenta las condiciones físicas ymateriales de los centros de enseñanza, la provisión de bibliografía adecuada así como las calidades científicas y pedagógicas de los/las maestros(as). La E.I.B. se ofrece en diversas modalidades y conamplia cobertura, cuenta con un equipo directivo y técnico, maestros bilingües preparados de acuerdo a las necesidades, material didáctico elaborado respondiendo a las realidades diversas y centrosescolares exitosos todo lo cual contribuye a garantizar con padres y madres de familia y actores locales relevantes; una educación que retiene a los/las alumnos/as y los egresa como ciudadanos/aspreparados/as para la convivencia multiétnica.
“Desarrollo Ley de lengua en su” Artículo 8.-Los Consejos Regionales Autónomos en coordinación con las autoridades educativas nacionales desarrollarán losprogramas educativos bilingües interculturales, respetando las normas básicas contenidas en esta Ley, los que deberán responder a sus necesidades particulares y deberá abarcar su historia, geografía,recursos naturales, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y sus aspiraciones sociales, económicas y culturales. El Estado proveerá de éstos programas con los recursos apropiados paracumplir este fin. Artículo 9.-Para dar inicio al cumplimiento del Artículo 8., inciso 2 de la Ley 28 (Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua) se procederá a trasladarlos programas de educación bilingüe intercultural bajo la administración directo de los gobiernos de las Regiones Autónomas. Ley general de la educación 582 en Artículo 40.- De la Autonomía...
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