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transmitirse a los usuarios ni a ninguna otra persona, como desaprobación o desautorización conrespecto a sus colegas. Sus efectos sólo ameritan la conveniencia de una revisión del diagnóstico inicialmente sugerido. En todo
caso, las diferencias de criterio o de opinión profesional se expresarán en
forma prudente y debidamente fundamentadas. ARTICULO 33. Los disentimientos profesionales entre Fisioterapeutas serán
dirimidos por el Consejo Nacional Profesional de Fisioterapia. ARTICULO 34.En ningún caso el Fisioterapeuta deberá otorgar participación
económica o de otro orden por la remisión a su consultorio de personas que
requieran sus servicios. Tampoco podrá solicitarla cuando actúe como
remitente.ARTICULO 35. El Fisioterapeuta no podrá delegar en otros profesionales o en
profesionales de otros niveles de formación tales como técnicos o tecnólogos, ni en ninguna otra persona, la evaluación y diagnóstico de quienes requieran
de sus servicios, ni la adopción del plan de intervención profesional a que haya
lugar. La aplicación de actividades y procedimientos específicos que cada caso
requiera, sólo podrá ser delegada en los casos en los que no sea indispensable
la actividad directa del Fisioterapeuta y su ejecución cuente con la directa
supervisión, vigilancia y responsabilidad por parte de éste. ARTICULO 36. Los criterios científicotécnicos expresados por un Fisioterapeuta para atender la interconsulta formulada por otro profesional, no comprometen su responsabilidad con respecto a la intervención, cuando ésta no le ha sido encomendada. CAPITULO III. De las relaciones del Fisioterapeuta con las instituciones, la sociedad y el Estado ARTICULO 37.El Fisioterapeuta cumplirá a cabalidad sus deberes profesionales a que está obligado en las instituciones en las cuales preste sus servicios, salvo en los casos en que ello comporte la violación de cualesquiera de las disposiciones de la presente ley y demás normas legales vigentes. En esta última eventualidad, así se lo hará saber a su superior jerárquico. ARTICULO 38. El Fisioterapeuta que preste sus servicios como dependiente de una entidad pública o privada, no podrá recibir por su actividad profesional,
remuneración distinta de la que constituya su propio salario u honorarios. Por consiguiente, no podrá establecer retribuciones complementarias del mismo usuario, a ningún título. ARTICULO 39. El Fisioterapeuta no aprovechará su vinculación con una
institución para inducir a los usuarios de los servicios que mediante ella los reciban, a que los utilicen en el campo privado de su ejercicio profesional. ARTICULO 40. Los cargos de dirección y coordinación de servicios de Fisioterapia en establecimientos de salud y en instituciones de otra índole, deberán ser desempeñados por Fisioterapeutas con formación académica de nivel universitario. ARTICULO 41. Los Decanos de las Facultades de Fisioterapia y los Directores de Programas Académicos, en los diferentes niveles de formación, deberán ser Fisioterapeutas con formación académica de nivel universitario. ARTICULO 42. La presentación por parte de un Fisioterapeuta de documentos alterados o falsificados, así como la utilización de recursos irregulares para acreditar estudios en el campo de la Fisioterapia o disciplinas afines, constituyefalta grave contra la ética profesional, sin perjuicio de las sanciones administrativas, laborales, civiles o penales, a que haya lugar. ARTICULO 43. Establécese como obligatoria en todas las Facultades y Programas de Fisioterapia, la formación en ética profesional y la enseñanza de
los fundamentos históricos y jurídicos sobre responsabilidad legal del Fisioterapeuta. CAPITULO IV. ...
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