Atencion a victimas del delito
La Dirección General de Atención a Víctimas del Delito proporciona orientación y asesoría jurídica a las víctimas y ofendidos del delito en el orden federal, promueve que se garantice y haga efectiva la reparación del daño e interviene para que se les proporcione atención médica, psicológica y asistencial, mediante programas y acciones específicas, de manera directa o encolaboración con las unidades administrativas de la propia institución, así como con organismos públicos federales, estatales, municipales y organizaciones de la sociedad civil.
Con el objetivo de lograr lo anterior, la DGAVD aplica un modelo integral de atención a Víctimas del Delito, que se muestra a continuación:
* AP y CP: Averiguación Previa y Causa Penal
Si fuiste víctima de algúndelito, nosotros te asesoramos, comunícate o acude a:
Dirección General de Atención a Víctimas del Delito.
Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad, PGR.
Domicilio: Reforma 72, tercer piso, Col. Guerrero, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06300, Distrito Federal.
Teléfonos: 53 46 42 14 y 53 46 42 16.
Horario de atención:: Lunes a viernes de 09:00 a 19:30 horas.Quejas y sugerencias:dgvicdel@pgr.gob.mx
Responsable: Lic. Gustavo Ortega Vázquez
Centros de Atención a Víctimas.
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 17 DE SEPTIEMBRE DE 1999
LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES PARA EL DISTRITO FEDERAL
TITULO PRELIMINAR
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
OBJETIVO
Articulo 1. La presente Ley es de interés general y ordenpúblico, y tiene por objeto la ejecución de las sanciones penales impuestas por tribunales competentes, conforme a las disposiciones constitucionales y a las leyes aplicables.
CAPITULO II
GENERALIDADES
Articulo 2. Para los efectos de esta ley, se entenderá por:
I. Jefe de Gobierno, al Jefe de Gobierno del Distrito Federal;
II. Secretaría, a la Secretaría de Gobierno del DistritoFederal;
III. Autoridad Ejecutora, al Jefe de Gobierno, por conducto de la Secretaría y de la Subsecretaría de Gobierno del Distrito Federal;
IV. Dirección General, a la Dirección General de Prevención y Readaptación Social de la Subsecretaría de Gobierno del Distrito Federal;
V. Dirección, a la Dirección de Ejecución de Sanciones Penales de la Subsecretaría de Gobierno del DistritoFederal;
VI. Instituciones del Sistema Penitenciario del Distrito Federal, al conjunto de centros preventivos, de ejecución de sanciones penales, de rehabilitación psicosocial, y de asistencia postpenitenciaria;
VII. Indiciado, desde que se le inicia averiguación previa y hasta que se le dicta auto de formal prisión;
VIII. Reclamado, persona a la que se le decreta su detención provisionalpor estar sujeta a un proceso de extradición internacional;
IX. Procesado, persona que se encuentra a disposición de la autoridad judicial por estar sujeta a proceso;
X. Sentenciado, a la persona que se ha dictado en su contra una resolución penal condenatoria que ha causado ejecutoria;
XI. Interno, persona que se encuentra recluida dentro de cualquiera de las instituciones queintegran el Sistema Penitenciario del Distrito Federal, independientemente de su situación jurídica;
XII. Inimputable, persona así reconocida por el órgano jurisdiccional, en los términos de la fracción VII del artículo 29 del nuevo Código Penal para el Distrito Federal;
XIII. Externado, persona que está sujeta a tratamiento en externación;
XIV. Enfermo psiquiátrico, al sujeto que en eltranscurso del cumplimiento de su sentencia le es diagnosticado por un especialista un padecimiento psiquiátrico;
XV. Preliberado, persona que ha obtenido un beneficio de libertad anticipada; y
XVI. Consejo, al Consejo Técnico Interdisciplinario de los diversos centros de reclusión del Distrito Federal.
Articulo 3. Para la administración de las Instituciones que integran el Sistema...
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