autoridad responsable
Oaxaca de Juárez, Oaxaca,diecisiete de octubre de dos mil catorce.
Agréguese a los autos el escrito que suscribe Juan Carlos Gómez Zarate, apoderado legal de “CAJA POPULAR MEXICANA”, SOCIEDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO DERESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE; visto su contenido, con fundamento en el artículo 5º, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, téngasele por apersonado en este juicio con el carácter detercero interesado, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en el Despacho Jurídico número cinco, edificio ciento dos (102), de la Calle Díaz Ordaz, en esta ciudad, y porautorizados únicamente para tales efectos a las personas que refiere, esto es, sin las amplias facultades a que se refiere el artículo 12 de la invocada Ley de Amparo, por así haberlo manifestadoexpresamente el promovente.
En otro orden, fundamento en el artículo 124 de la Ley de Amparo, se le tiene por formulados alegatos, los cuales se tendrán por recibidos en la audiencia constitucional.Finalmente, con fundamento en el artículo 119 de la ley de la materia, se admiten como pruebas de su parte, la instrumental de actuaciones consistentes en el informe justificado rendido por la autoridadresponsable, mismo que obra en autos a foja dieciocho y, constancias del expediente mercantil 271/2002 que fueron remitidas por la autoridad responsable juez Segundo de lo Civil del Distrito Judicialdel Centro, y especializado en Juicio Oral Mercantil para todo el Estado, con la que en proveído de diez de junio de dos mil catorce, se ordenó formar el tomo I del cuaderno de pruebas (foja 20);...
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