beneficio de la mediacon
Las intenciones de la mediación en contexto de la justicia juvenil han ido cambiando o evolucionando con los años. La ley 4/92 no hacía referencia alguna a lamediación, contemplando la reparación de la víctima. La mediación sería el“ modo” de reparar los daños a las víctimas.
La entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora dela responsabilidad penal del menor, marca una nueva etapa en materia de legislación penal en menores.
La víctima se hace más presente en el proceso que en la Ley Orgánica 4/92, reconociendo susituación de víctima y la posibilidad de participar en la resolución del conflicto.
El artículo 19 de la Ley 5/2000 plantea el sobreseimiento del expediente por conciliación o reparación entre el menory la víctima, y según el artículo 51.2 de la L.O 5/2000, el juez podrá dejar sin efecto la medida impuesta en fase de ejecución, cuando se realice la conciliación del menor con la víctima.
Porotro lado, la edad también se modifica pasándose de la franja de 12/15 años a la de 14/17 pudiéndose alcanzar hasta los 21. Además de la implicación de los jueces mediante el artículo 2.2. Sobre laresponsabilidad civil.
La mediación pues, se venía centrando en el menor exclusivamente para dar un cambio sustancial con el tiempo, y centrarse además en las víctimas.
Una inclusión de la víctima,para facilitar la mediación, el entendimiento entre ambas partes.
En cuanto a los beneficios de la mediación podemos dividirlos en dos, beneficios para la víctima y para el menor infractor:
Enprimer lugar se indica la responsalización en el proceso. Es decir, el entendimiento consciente por parte del menor, de las consecuencias de sus actos, para con la víctima, y para con él o ella mismo.Es un claro beneficio que facilitara enormemente la empatía y por tanto no volver a cometer actos de ese tipo.
Así mismo, permite el proceso, una toma de conciencia, de sus actos y de cómo...
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