certificado de deposito
CERTIFICADO DE DEPÓSITO
Conocido por el acrónimo CD. Un certificado negociable de amplia denominación emitido por una institución depositaría, tal como un banco o entidad de ahorro, queevidencia un depósito. El certificado puede ser con intereses o al descuento. Si devenga intereses, el tipo de interés puede ser fijo o flotante. Como son negociables, frecuentemente se hace referencia alos CD como certificados de depósito negociables para distinguirlos de pequeños certificados de depósito de denominación no negociable adquiridos por inversores minoristas.
REPORTO
Concepto usadoen Comercio y prácticas comerciales.
Es aquella operación que se efectúa siempre mediante la celebración de un contrato, en el que el "reportado" entrega al "reportador" una cantidad de títulos-Valor, a cambio de un precio convenido más un premio o comisión, con el compromiso de que al vencimiento del contrato, el reportador le devuelva al reportado, por el mismo precio convenido, una cantidadigual de títulos-valor de la misma especie y características, aun cuando físicamente no sean los mismos.
Esta operación tiene semejanza con un préstamo prendario con garantía en títulos- Valor, conla diferencia de que en el reporto, el "reportador" no recibe los títulos en garantía sino en Propiedad, y consecuentemente, durante la vigencia del contrato puede disponer de ellos libremente.ACCION CAMBIARIA:
Actuación legal que puede emprender el tenedor de un efecto cambiario si éste no se paga total o parcialmente a su vencimiento, si no es aceptado o si se produce quiebra o suspensión depagos del librado
La acción cambiaria puede ser directa o de regreso; es directa cuando se ejerce en contra del aceptante u obligado directo y su o sus avalistas, de regreso cuando se ejerce encontra de los demás obligados. ¿Contra quienes puede dirigirse la acción cambiaria? Esta puede dirigirse en contra de alguno de los obligados o contra todos los obligados, si se dirige la acción en...
Regístrate para leer el documento completo.