Codigo de etica
(Federación Internacional de Contadores Públicos)
Parte A
Aplicable a todos los contadores públicos
Sección 1: Objetividad
Sección 2: Resolución de conflictos éticos
Sección 3: Competencia profesional
Sección 4: Confidencialidad
Sección 5: Práctica fiscal
Sección 6: Actividades a través de las fronterasSección 7: Publicidad
-Designaciones y premios
-Contadores públicos que buscan empleo o negocios profesionales
-El trabajo de subcontratación en busca de publicidad
-Directorios
-Libros, artículos, entrevistas, lecturas y apariciones en radio y televisión
-Cursos de entrenamiento, seminarios, etc.
-Panfletos y documentos que contienen información técnica
-Nombramiento en compañía
Parte BAplicable a los profesionales en la práctica pública
Sección 8: Independencia
-Participación financiera con o en los asuntos de clientes
-Nombramiento en compañía
-Provisión de otros servicios a clientes de auditoría
-Relaciones personales y familiares
-Honorarios
-Honorarios contingentes
-Bienes y servicios
-Propiedad del capital
-Socios anteriores
-Litigio o amenaza delitigio
Sección 9: Honorarios y comisiones
Sección 10: Actividades que son incompatibles con la práctica de la contaduría pública.
Sección 11: Recursos del cliente
Sección 12: Relaciones con otros contadores profesionales en la práctica pública
- Aceptación de nuevos compromisos
- Sustitución de otro contador profesional en la práctica pública
Sección 13: Promoción y solicitud -Publicidad de profesionales en la práctica pública en un ambiente no promocional
-Reclutamiento de personal
-Publicidad para beneficio del cliente
-Panfletos y directorios de firmas
-Papelería y placas
-Anuncios de periódicos
-Inclusión del nombre de un contador en la práctica profesional, en un documento publicado por un cliente.
Código de Ética Profesional de American InstituteCertified Publics Accountants ? AICPA (EE. UU.)
(Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados)
Sección I: Principios
Preámbulo
La membrecía del Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados es voluntaria. Al aceptar la membrecía, un contador público certificado asume la obligación de autodisciplina, que supera y trasciende los requisitos de las leyes y las regulaciones.Artículo I: Responsabilidades
Al cumplir sus responsabilidades como profesionales, los miembros deben ejercer juicios morales y profesionales sensibles en todas sus actividades.
Artículo II: El interés público
Los miembros deben aceptar la obligación de actuar de modo que estén al servicio del interés público, honren la confianza del público y demuestren un compromiso con la profesión.Artículo III: Integridad
Para mantener y ampliar la confianza del público, los miembros deben desempeñar todas las responsabilidades profesionales con el más alto sentido de integridad.
Artículo IV: Objetividad e independencia
El miembro debe mantener la objetividad y quedar libre de conflictos de interés en el cumplimiento de las responsabilidades profesionales. En el ejercicio público un miembrodebe ser independiente, de hecho y en apariencia, al proporcionar auditorías y otros servicios de atestación.
Artículo V: Debido cuidado profesional
El miembro debe observar las normas éticas y técnicas de la profesión, buscar continuamente el mejoramiento de la competencia y calidad de los servicios, y cumplir la responsabilidad profesional haciendo uso de su mejor capacidad.
Artículo VI:Alcance y naturaleza de los servicios
En el ejercicio público el miembro debe observarse los principios del Código de Conducta Profesional al determinar el alcance y la naturaleza de los servicios que deben proporcionarse.
Sección II: Reglas
Aplicabilidad
Los estatutos del Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados exigen que los miembros se adhieran a las reglas del Código de...
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