Contador Público

Páginas: 31 (7561 palabras) Publicado: 8 de febrero de 2013
CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Consejero Ponente: Dr. ALFONSO VARGAS RINCÓN

Bogotá D.C., doce (12) de abril de dos mil doce (2012)

No. de Referencia: 110010324000200500300 00
Número interno: 1651-2006
Actor: ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTÍAS
Autoridades Nacionales

La Asociación Colombiana deAdministradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías - Asofondos de Colombia, mediante apoderado y en ejercicio dela acción de nulidad agrada en el artículo 84 del Código Contencioso administrativo, solicita a esta Corporación se declare la nulidad de la expresión " ... incluyendo los rendimientos que se hubieran obtenido en este último" contenida en el art culo 3 literal b) del Decreto 3800 de2003, expedida Gobierno Nacional por el cual se reglamentó el e) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 2° de la Ley 797 de 2003.

Los hechos que sirven de fundamento a las pretensiones de la demanda, se resumen así:

El artículo 36 de la Ley 100 de 1993 estableció un régimen de transición que permite a sus beneficiarios consolidar su derecho a la pensión bajo losparámetros de las normas que los venían rigiendo.

El inciso cuarto del mismo artículo dispuso que el régimen de transición no rige para los beneficiarios que opten por acogerse al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, evento en cual quedan sujetos a las previsiones propias de dicho régimen.

De acuerdo con el inciso quinto ibídem, tampoco beneficia a quienes opten por el Régimen deAhorro Individual con Solidaridad y decidan luego regresar al de Prima Media con Prestación Definida. La Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de estos incisos y señaló de una parte que tales previsiones no se aplican a quienes ya hubieran cumplido 15 años o más de servicios cotizados para la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, y de otra, que quienes opten por volver alRégimen de Prima Media deben trasladar todo el ahorro que efectuaron al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, el cual no debe ser inferior al que hubieran obtenido de haber permanecido en el de Prima Medía.

El Decreto 3800 de 2003 añadió una condición adicional a las establecidas en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993, al exigirle a los afiliados que se trasladaron al sistema de AhorroIndividual con Solidaridad y deciden regresar al de Prima Media que el saldo no sea inferior al monto total del aporte legal para el riesgo de vejez, correspondiente en caso de que hubiere permanecido en el Régimen de Prima Media, incluyendo los rendimientos que se hubieren obtenido en este último.

NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE VIOLACIÓN

Como disposiciones violadas se invocan en la demanda losartículos 84, 121, 122 y 189 numeral 11de la Constitución Política y 136 de la Ley 100 de 1993.

El Gobierno Nacional al imponer un requisito adicional a los afiliados que desean regresar al Régimen de Prima Media con Prestación Definida para mantener los beneficios del régimen de transición, o al hacer una de las condiciones establecidas más exigente, desborda la potestad reglamentaria delejecutivo y desconoce las normas superiores que establecen su alcance.

La norma demandada podría interpretarse en el sentido de que quien legítimamente podía conservar los beneficios del régimen de transición antes de la expedición del Decreto 3800 de 2003, con ocasión de su regreso al Régimen de Prima Media, pierde su derecho en caso de que no cumpla con la nueva condición, que consiste en que losrendimientos financieros del ahorro que sean trasladados del Régimen de Ahorro Individual deben ser por lo menos iguales a los que se habrían generado en el de Prima Media.

CONTESTACION DE LA DEMANDA

MINlSTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

La apoderada del Ministerio de Hacienda y Crédito Público se opuso a las pretensiones de la demanda, exponiendo los siguientes razonamientos:...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Contadora publica
  • Contador publico
  • Contador publico
  • Contador Publico
  • Contador Publico
  • Contador Publico
  • Contador Público
  • Contador publico

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS