Corte superior
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
Tercer Juzgado Especializado de Familia
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------EXP : 2831-2013-0-0901-JR-FC-03
DTE : MIGUEL ANGEL VEGA ROSETY
DDO : MERCEDES ANGELICA MAITA PALOMINO VDA DE SOSA
: SUCESION DE PRIMITIVO SOSA CANDELARIO
MAT : NULIDAD DE MATRIMONIOSEC : CLAUDIA CAROLINA CHINGA ESPINOZA
RESOLUCIÓN NUMERO UNO
Lima Norte, seis de Junio
Del año dos mil Trece.-
Y VISTOS: Ingresada la presentedemanda a Despacho para calificar, con los Aranceles Judiciales, copia del documento nacional de identidad y otros documentos que se adjuntan y estando a lo que se expone y; AUTOS Y VISTOS y ATENDIENDO:PRIMERO: Según se desprende del petitorio de la demanda don Miguel Ángel Vega Rosety, interpone demanda de nulidad del matrimonio celebrado entre doña Mercedes Angélica Maita Palomino viuda de Sosay don Primitivo Sosa Candelario. SEGUNDO: Asimismo, señala como pretensión accesoria que se declare la disolución del vinculo matrimonial habido entre don Miguel Ángel Vega Roseta y doña MercedesAngélica Maite Palomino, se le fije una indemnización ascendete a cincuenta mil nuevos soles y que se condene a la demandada al pago de costos y cosas del proceso; TERCERO: Que, conformo lo señala elarticulo ochenta y cinco inciso dos del codigo procesal civil, establece que se pueden acumular pretensiones en un proceso siempre que estas no sean contrarias entre si, salvo que sena propuestas enforma subordinada o alternativa. CUARTO: En el presente caso materia de autos, don Miguel Ángel Vega Rosety, interpone demanda de nulidad de matrimonio y como pretensión accesoria la disolución delvinculo matrimonial, contraído con la demandada doña Mercedes Angélica Maita Palomino viuda de Sosa, por lo tanto atendiendo al párrafo precedente dichas pretensión no son pasibles de acumulación toda...
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