CUADROS AMPARO
por estimarlas directamente violatorias de esta constitución, subsista en el recurso
el problema de constitucionalidad
Competencia
Competencia de
de la
la
Suprema
Suprema Corte
Corte de
de
Justicia
Justicia de
de la
la Nación.
Nación.
ART.
ART. 107
107
FR.
FR. VIII
VIII
CPEUM
B) Cuando se trate de los casos comprendidos enlas fracciones II y III del
artículo 103 de esta constitución.
II.
Por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren o
restrinjan la soberanía de los estados o la esfera de competencia del Distrito
Federal
III.
Por las normas generales o actos de las autoridades de los Estados o del
Distrito Federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal
ART. 103
CPEUMA) Cuando subsista en el recurso el problema de constitucionalidad de
normas generales, si en la demanda de amparo se hubiese impugnado una
ley federal, local, del distrito federal, o un tratado internacional, por
estimarlos directamente violatorios de un precepto de la constitución
política de los estados unidos mexicanos
II. Del recurso de revisión contra sentencias
pronunciadas en la audienciaconstitucional
por los jueces de distrito o los tribunales
unitarios de circuito
Suprema Corte
de Justicia
conocerá
funcionando en
Pleno
ART.
ART. 10
10 LOPJF
LOPJF
B) Cuando se ejercite la facultad de atracción contenida en el segundo
párrafo del inciso b) de la fracción viii del artículo 107 de la constitución
política de los estados unidos mexicanos, para conocer de un amparo en
revisiónque por su interés y trascendencia así lo amerite
C) Cuando se trate de los casos comprendidos en las fracciones II y III del
artículo 103 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, sin
que baste la afirmación del quejoso sobre la existencia de un problema de
esa naturaleza
III. Del recurso de revisión contra sentencias que en amparo directo pronuncien los
tribunales colegiadosde circuito, cuando habiéndose impugnado la
inconstitucionalidad de una ley federal, local, del distrito federal o de un tratado
internacional, o cuando en los conceptos de violación se haya planteado la
interpretación directa de un precepto de la constitución política de los estados unidos
mexicanos, dichas sentencias decidan u omitan decidir sobre tales materias, debiendo
limitarse en estos casosla materia del recurso a la decisión de las cuestiones
propiamente constitucionales
II. Del recurso de revisión en amparo contra
sentencias pronunciadas en la audiencia
constitucional por los jueces de distrito o
tribunales unitarios de circuito
A) Cuando subsista en el recurso el problema de
constitucionalidad, si en la demanda de amparo se hubiese
impugnado un reglamento federal expedido porel presidente de
la república, o reglamentos expedidos por el gobernador de un
estado o por el jefe del distrito federal, por estimarlos
directamente violatorios de un precepto de la constitución
política de los estados unidos mexicanos o si en la sentencia se
establece la interpretación directa de un precepto de la misma
en estas materias, y
B) Cuando se ejercite la facultad de atraccióncontenida en el
segundo párrafo del inciso b) de la fracción viii del artículo 107 de
la constitución política de los estados unidos mexicanos, para
conocer de un amparo en revisión que por su interés y
trascendencia así lo amerite
Corresponde
conocer a las
Salas
ART.
ART. 21
21 LOPJF
LOPJF
III. Del recurso de revisión contra sentencias
que en amparo directo pronuncien los
tribunales colegiados decircuito
A) Cuando habiéndose impugnado la constitucionalidad de un
reglamento federal expedido por el presidente de la república, o
de reglamentos expedidos por el gobernador de un estado o por
el jefe del distrito federal, o en los conceptos de violación se haya
planteado la interpretación directa de un precepto de la
constitución política de los estados unidos mexicanos en estas
materias, se...
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