Cuasidelito
Las circunstancias concurrentes pueden ser: REALES U OBJETIVAS o PERSONALES Y SUBJETIVAS, según que se conecten con el hecho delictivo o con la persona del delincuente.
- Eximentes y atenuantes: son siempre personales o subjetivas.
- Agravantes: se aprecian en su materialidad y se dividen en objetivas y subjetivas.
Efectosde cada una:
Personales o subjetivas:
Favorecen o perjudican sólo a los agentes en quienes concurren.
Ejemplo; delito perpetrado por un mayor de 18 años y por un menor de edad.
Ejemplo; si el autor obró con abuso de confianza y el cómplice tenía conducta anterior irreprochable.
Reales u objetivas:
Estas se asocian al delito, en cuanto se refieren al momento o a la materialidadde la acción, no benefician o perjudican sino a aquellos de los partícipes que tuvieron conocimiento de ellas antes o en el momento de la acción o de su cooperación para el delito.
El conocimiento o conciencia de que concurren hace que el partícipe se encuentre ligado a ellas por un vínculo que lo hace culpable, y la exigencia de que dicho conocimiento o conciencia sea anterior o simultáneo ala acción o cooperación explica que la comunicación de la circunstancia no se extienda a los encubridores, que no son copartícipes del delito.
Ejemplo; las agravantes de despoblado o nocturnidad afectan a todos por igual
Art 64 CP
B) Comunicabilidad de los elementos del delito
Nuestro sistema penal no lo soluciona expresamente.
Delitos especiales o propios:
El requisito personales parte integrante del tipo
Ejemplo
Ejemplo; los delitos funcionarios, párrafo IV,Título III, Libro II CP arts 148 a 161.respecto a funcionarios públicos.
En este caso tipo y condición personal se identifican
Calidad personal merece calificación distinta por parte del legislador que se traduce en un aumento o disminución de la pena: Parricidio- infanticidio.
Cómo resuelve la doctrinaesta situación?
Respecto de los delitos especiales, lógico es concluir que no puede ser ejecutor material quien no la tenga; pero que se comunica a los partícipes que están en conocimiento de ella, aunque no la posean.
La especialidad se extienda a todos los participantes cuando la calidad requerida concurren con el autor principal del delito (unidad y accesoriedad)
Respecto a lasfiguras calificadas y privilegiadas sucede lo contrario:
El requisito personal No se comunica porque la culpabilidad es individual y a los participantes les será imputable el delito-tipo, hecha abstracción de la calidad o condición personal
No se vulneran los ppios de unidad y accesoriedad porque simepre seles imputará a los partícipes el delito-tipo.
Coparticipación en el cuasidelitoEjemplo; un automovilista, es requerido por el amigo que lo acompaña a que corra a una altísima velocidad, atropella a alguien y lo mata.
Hay coparticipación del amigo??
Respuesta
No podrá afirmarse que entre el conductor y su amigo hubo coparticipación en un cuasidelito, porque el resultado típicamente antijurídico, representado o no, ha sido involuntario.
En el ejemplo, sólo hubo acuerdopara realizar la acción (exceso de velocidad).
En el cuasidelito, por lo tanto, puede existir concurso de acción; pero jamás, por la razón apuntada, concurso de voluntades para producir un resultado punible.
La coparticipación criminal sólo es procedente en los delitos; en los cuasidelitos habrá que apreciar, individual y separadamente, las distintas conductas, en términos que cada cualresponda de su propia actuación culpable.
La Participación en el CP
Artículo 14 CP Son criminalmente responsables de los delitos:
- Los autores
- Los cómplices
- Los Encubridores
1) AUTORES:
Artículo 15 CP: “Se consideran autores:
1° Los que toman parte en la ejecución del hecho, sea de una manera inmediata y directa, sea impidiendo o procurando impedir que se evite.
2° Los que...
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