Cuestiones procesales alimentos
CAPITULO I - INCIDENTES
PRINCIPIO GENERAL
Art. 175. - Toda cuestión que tuviere relación con el objeto principal del pleito y no se hallare sometida a unprocedimiento especial, tramitará en pieza separada, en la forma prevista por las disposiciones de este Capítulo.
SUSPENSION DEL PROCESO PRINCIPAL
Art. 176. - Los incidentes no suspenderán la prosecucióndel proceso principal, a menos que este Código disponga lo contrario o que así lo resolviere el juez cuando lo considere indispensable por la naturaleza de la cuestión planteada. La resolución seráirrecurrible.
FORMACION DEL INCIDENTE
Art. 177. - El incidente se formará con el escrito en que se promoviere y con copia de la resolución y de las demás piezas del principal que lo motivan y queindicaren las partes, señalando las fojas respectivas, cuya confrontación hará el secretario o el oficial primero.
REQUISITOS
Art. 178. - El escrito en que se planteare el incidente deberá ser fundadoclara y concretamente en los hechos y en el derecho, ofreciéndose en él toda la prueba.
RECHAZO "IN LIMINE"
Art. 179. - Si el incidente promovido fuere manifiestamente improcedente, el juez deberárechazarlo sin más trámite. La resolución será apelable en efecto devolutivo.
TRASLADO Y CONTESTACION
Art. 180. - Si el juez resolviere admitir el incidente, dará traslado por CINCO (5) días a la otraparte, quien al contestarlo deberá ofrecer la prueba.
El traslado se notificará personalmente o por cédula dentro de tercero día de dictada la providencia que lo ordenare.
RECEPCION DE LA PRUEBAArt. 181. - Si hubiere de producirse prueba que requiriese audiencia, el juez la señalará para una fecha que no podrá exceder de DIEZ (10) días desde que se hubiere contestado el traslado o vencido elplazo para hacerlo; citará los testigos que las partes no puedan hacer comparecer por sí y adoptará las medidas necesarias para el diligenciamiento de la prueba que no pueda recibirse en dicha...
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