Defensa pública
El estado de Guatemala por medio del Instituto de la Defensa Publica Penal presta el servicio de defensa legal gratuita en el ramo penal,asistiendo a sindicados de la comisión de un delito y a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y sus familiares; de conformidad a lo establecido en la Constitución Política de la República deGuatemala, Tratados y Convenios Internacionales en materia de derechos humanos ratificados por el estado de Guatemala, Ley del Servicio Público de Defensa Penal,y Ley Contra el Femicidio y Otras Formas deViolencia Contra La Mujer.
Es una institución autónoma con independencia técnica y funcional, creada como organismo administrador del servicio público de Defensa Penal, para asistir gratuitamente apersonas de escasos recursos económicos, así como, la gestión, administración y control de los abogados en ejercicio profesional privado, cuando realicen funciones de Defensa Pública.
MandatoConstitucional
Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo12. Derecho de Defensa: La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privado de susderechos sin haber sido citado, oído y vencido en proceso legal ante juez o tribunal competente y preestablecido.
Mandato Institucional
Brindar el servicio público de defensa de derechosgarantizados por la Constitución Política de la República de Guatemala, en forma oportuna, permanente, especializada y gratuita, cumpliendo con los deberes de información, representación y asistencia técnicaal usuario, constituyéndose en agente de cambio y garante del debido proceso en el ámbito de la justicia.
Funciones Generales del Instituto
Ejercer la defensa técnica conforme los derechos ygarantías del debido proceso. Velar por el cumplimiento del debido proceso y las garantías procesales.
Prestación del Servicio
Para atender la demanda de defensa técnica jurídica requerida por las...
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