Demanda
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Los celebrantesejercerán sobre los menores FRANCISCO XAVIER Y JOSELINE ALITZEL de apellidos CRUZ VILLEDA, la patria potestades los términos que las leyes les confieren y únicamente podrán perder ese derecho por lascausas y motivos que las propias leyes establezcan, previos los requisitos y procedimientos legales.------------------------------------------------
SEGUNDA.- La Guarda y custodia de losmenores FRANCISCO XAVIER Y JOSELINE ALITZEL de apellidos CRUZ VILLEDA, la tendrá de forma definitiva hasta que cumpla su mayoría de edad y en lo sucesivo, la señora MARIA DEL CONSUELO VILLEDA MARCELO,quien establece como domicilio el ubicado en la calle Agustín de Iturbide S/N, Santa María Quelites, Tepeji del Río, Hidalgo.------------------------------------------------------
TERCERA.-El señor FRANCISCO JAVIER CRUZ MORALES deberá proporcionar una pensión alimenticia de a favor de sus menores hijos FRANCISCO XAVIER Y JOSELINE ALITZEL de apellidos CRUZ VILLEDA, la cantidad de$800.00 (ochocientos pesos 00/100M.N.) de manera semanal, que será depositada en este juzgado los días jueves de cada semana, y para garantizar dicha pensión que al momento de ratificar el presentecontrato deposite la cantidad de $63600.00 (sesenta y tres mil seiscientos pesos 00/100 M. N). Por otro lado ambos divorciarte se eximen de suministrarse alimentos.
CUARTA.- La señora MARIA DELCONSUELO VILLEDA MARCELO, se compromete a respetar en el futuro al dicho señor tanto en su persona, familia y posesiones, sin intervenir en su vida privada en el futuro; para lo cual el señor...
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