Derecho publico y privado

Páginas: 5 (1172 palabras) Publicado: 20 de febrero de 2011
Registro No. 921621
Localización: 
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Tomo II, Penal, P.R. TCC
Página: 223
Tesis: 132
Tesis Aislada
Materia(s): Penal
FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS. NO SE CONFIGURA DICHO DELITO PREVISTO EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 246 DEL CÓDIGO PENAL DEL DISTRITO FEDERAL, TRATÁNDOSE DE HECHOS ASENTADOS POR UNACTUARIO NOTIFICADOR EN EL ACTA DE EMPLAZAMIENTO.-
El actuario notificador, en el acto de emplazar a juicio y asentar hechos en el acta respectiva, aunque no estén apegados a la realidad, no expide certificación de las diligencias mencionadas, puesto que tal acta es concomitante a las actuaciones, acción distinta de la exigida por el tipo previsto en la fracción II del artículo 246 del CódigoPenal del Distrito Federal, consistente en la acción de expedir una certificación, esto es, en extender o dar un instrumento certificado, en el caso, sobre actos jurídicamente relevantes que no sean ciertos.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 476/2002.-16 de abril de 2002.-Unanimidad de votos.-Ponente: Elvia Díaz de León de López.-Secretaria: SilviaLara Guadarrama.

Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, agosto de 2002, página 1294, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.6o.P.42 P.


| Registro No. 921891Localización: 
Novena Época
Instancia: Primera Sala
Fuente: Apéndice (actualización 2002)
Tomo III, Administrativa, P.R. SCJN
Página: 194
Tesis: 40
Tesis Aislada
Materia(s): COMERCIOEXTERIOR. LAS FACULTADES EXTRAORDINARIAS PARA LEGISLAR OTORGADAS AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN EL ARTÍCULO 131, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, INCLUYEN NO SÓLO LAS RELATIVAS A LA POSIBILIDAD DE AUMENTAR, DISMINUIR O SUPRIMIR LAS CUOTAS DE LAS TARIFAS DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN, EXPEDIDAS POR EL CONGRESO DE LA UNIÓN, Y DE CREAR OTRAS, SINO TAMBIÉN LA FACULTAD PARA DEROGARLAS.-Cuando laLey Fundamental otorga ciertas facultades al presidente de la República para alcanzar una finalidad determinada, esas facultades incluyen el uso de medios adecuados para alcanzar ese fin, siempre y cuando éstos no estén legalmente prohibidos, sino que se adapten al espíritu de la propia Constitución y de las leyes. En congruencia con lo anterior, es indudable que el hecho de que el artículo 131,párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señale que el Congreso de la Unión podrá facultar al Ejecutivo Federal para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras, pero no incluya el término "derogar", ello no significa que el Ejecutivo Federal no lo pueda hacer, todavez que del contenido de los antecedentes legislativos que dieron origen a su reforma, se advierte que la intención del legislador federal al otorgar esa facultad al presidente de la República fue para que, con la adición propuesta al texto constitucional, el sistema fiscal diera plena realización a los principios de elasticidad y suficiencia en la imposición, de manera que el Estado estuviera enla posibilidad, tanto material como jurídica, de adecuar o alterar los aranceles en atención a las necesidades económicas imperantes en el país en un momento determinado; esto es, se le facultó a fin de regular el comercio exterior, la economía, la estabilidad de la producción nacional, así como cumplir cualquier otro propósito en beneficio del país. Además, como entre las acepciones del términomodificar están la de alterar, variar y derogar, es evidente que al otorgarse la facultad al presidente de la República para legislar en materia de comercio exterior y, por ende, de poder modificar o alterar las tarifas y cuotas correspondientes, dicha alteración o modificación conlleva a que también se puedan derogar las disposiciones contenidas en la ley expedida por el Congreso de la Unión,...
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