Derecho sucesorio y familiar

Páginas: 8 (1857 palabras) Publicado: 2 de febrero de 2011
|UNIVERSIDAD MEXICANA DE EDUCACIÓN A DISTANCIA |
|SECRETARÍA ACADÉMICA |
|DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN ||ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE |
|DERECHO FAMILIAR Y SUCESORIO. |
|No. 002 |

UNIDAD IEL DERECHO DE LA FAMILIA
∂ Investigue y describa qué ley es la que actualmente se encarga de reglamentar la violencia intrafamiliar ó familiar.

UNIDAD III
LOS ALIMENTOS
∂ Elabore una promoción fundamentada para solicitar audiencia de pruebas y alegatos.

VALENTINA VARGAS VENTURA
VS.
GERARDO EMANUEL PEREZ SALGADO
EXP. NÚMERO 547/10

JUZGADO SEXTO CIVIL DE ESTA PRIMERA
DEMARCACIÓNJUDICIAL EN EL ESTADO
DE MORELOS.
P R E S E N T E.

ERICK IRVING RAFAEL VARGAS PÉREZ, en mi carácter abogado patrono de la parte actora, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en autos del rubro citado y señalando como domicilio procesal el ubicado en calle Francisco Leyva #42 en el centro de esta ciudad de Cuernavaca, Morelos; Ante Usted comparezco y expongo:Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 400 del Código Procesal Civil vigente en el Estado de Morelos, tienda bien Usted su Señoría, señalar día y hora para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE PRUEBAS Y ALEGATOS, para llevar a cabo el desahogo de las pruebas ofrecidas y admitidas, lo anterior y en virtud de que este H. Juzgado,fue omiso al señalarla, lo anterior al no haber llegado a un convenio en la audiencia de conciliación y depuración.

Por lo anteriormente expuesto;

A este H. Juzgado atentamente solicito:

ÚNICO.- Se sirva señalar día y hora para el desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos antes mencionada.

PROTESTO LO NECESARIOCuernavaca, Morelos a 02 de Diciembre del año 2010.

LIC. ERICK IRVING RAFAEL VARGAS PÉREZ

UNIDAD IV
EL MATRIMONIO
∂ Investigue y describa los requisitos para contraer matrimonio.

DEL CODIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS:
CAPÍTULO III
DE LOS REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO
ARTÍCULO 72.- EDAD PARA CONTRAER MATRIMONIO. Para contraer matrimonio el varóny la mujer necesita haber cumplido dieciséis años. El Juez de lo Familiar puede únicamente conceder dispensas de edad por causas graves y justificadas.

ARTÍCULO 73.- CONSENTIMIENTO DE LOS ASCENDIENTES PARA EL MATRIMONIO DE MENORES. El hijo o la hija que no hayan cumplido dieciocho años no pueden contraer matrimonio sin consentimiento de su padre y de su madre, si vivieren ambos, o del quesobreviva. Este derecho lo tienen el padre o la madre, aunque hayan contraído ulteriores nupcias, si el hijo vive a su lado. A falta o por imposibilidad de los padres, se necesita el consentimiento de los abuelos que se encuentren en ejercicio de la patria potestad.
Faltando padres y abuelos, se necesita el consentimiento de los tutores y en ausencia o negativa de dicho consentimiento, los interesadosacudirán ante el Juez de lo Familiar, el que resolverá sobre el particular.

ARTÍCULO 74.- IRREVOCABILIDAD DEL CONSENTIMIENTO. El ascendiente o tutor que haya prestado su consentimiento, firmando la solicitud respectiva y ratificándola ante el Oficial del Registro Civil, no puede revocarlos después, a menos que haya justa causa para ello.
Si el ascendiente o tutor que ha firmado o ratificado...
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