Derecho A La Imagen
Por Antonio M. Aveleyra
Profesor de la Universidad Iberoamericana
© 2002 Prof. Antonio M. Aveleyra
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LOS DERECHOS TRADICIONALES DE LA VIDA PRIVADA • la inviolabilidad del domicilio; • la inviolabilidad de las comunicaciones; • el derecho ala intimidad sobre el propio cuerpo y sus manifestaciones (incluyendo la vida sexual, pero no reduciéndose a ese aspecto); y • el derecho a la intimidad de la vida social en las progresivas zonas de reserva de la vida, espacialmente la familiar, pero también la vida amistosa y la reserva de la persona a su vida privada vinculada a sus grupos de pertenencia (profesional, político, comunitario,religioso, o de cualquier otra asociación o grupo intermedio entre el individuo, el Estado, las entidades supranacionales, o la comunidad universal como totalidad).
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OTROS DERECHOS DE DIVERSA NATURALEZA • • • • El secreto profesional El secreto comercial e industrial El secreto bancario y financiero El derecho moral del autor al anónimo o al seudónimo
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OTROS DERECHOS AUTÓNOMOSRELACIONADOS • • • • el derecho al honor; el derecho a la propia voz y a la propia imagen; el derecho a la autodeterminación informacional o sobre los propios datos personales; y el derecho al propio patrimonio genético.
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EL DERECHO A LA VIDA PRIVADA EN LAS NORMAS JURÍDICAS DEL ESTADO MEXICANO
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El artículo 16 Constitucional primer párrafo, protege a la persona, a su familia, papeles oposesiones, inmunidad que sólo se puede romper por mandamiento escrito de la autoridad competente. el décimo párrafo protege la privacidad de la correspondencia o las comunicaciones. Reforma constitucional publicada en Decreto DOF del Miércoles 3 de Julio de 1996, que adiciona los párrafos noveno y décimo al artículo 16 constitucional, los que declaran la inviolabilidad de las comunicacionesprivadas, y somete a la exclusiva autorización de la autoridad judicial federal la intervención de cualquier comunicación privada, a solicitud de la autoridad federal facultada por la ley o del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente
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Artículo 16 Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de laautoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
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En toda orden de cateo, que solo la autoridad judicial podrá expedir y que será escrita, se expresará el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que únicamente debe limitarse la diligencia, levantándose, en el acto deconcluirla, una acta circunstanciada en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia. Las comunicaciones privadas son inviolables. La Ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas. Exclusivamente la autoridad judicial federal, a petición de la autoridadfederal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada. Para ello, la autoridad competente, por escrito, deberá fundar y motivar las causas legales de la solicitud, expresando además, el tipo de intervención, los sujetos de la misma y su duración. La autoridad judicial federal nopodrá otorgar estas autorizaciones cuando se trate de materias de carácter electoral, fiscal, mercantil, civil, laboral o administrativo, ni en el caso de las comunicaciones del detenido con su defensor. Las intervenciones autorizadas se ajustarán a los requisitos y límites previstos en las leyes. Los resultados de las intervenciones que no cumplan con éstos, carecerán de todo valor probatorio....
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