Derechos laborales de la mujer diapositivas
mujer
NO TRABAJO PELIGROSO
De conformidad con el art. 123.AV de la Constitución Política de México,
las mujeres embarazadas no podrán realizar trabajos que exijan unesfuerzo considerable y presente peligro significativo para su salud en
relación con su embarazo. Si la salud del bebé o de la mujer se
encuentra en peligro durante el periodo de embarazo o lactancia,ella no
deberá realizar trabajos peligrosos ni cargar objetos. Las mujeres
embarazadas además, no deberán laborar después de las 10:00 de la
noche ni horas extras. El trabajo peligroso o insalubresignifica aquello
que, por su naturaleza, por las condiciones químicas, biológicas o físicas
del entorno en el que se lleva a cabo o por la composición de la materia
prima utilizada, es susceptible deafectar la vida física y mental de una
mujer embarazada y el feto. (Art. 166 a 167 de la Ley Federal del
Trabajo).
LICENCIA DE MATERNIDAD
Las mujeres trabajadoras tienen derecho a 12 semanas/84días de licencia por
maternidad pagada: seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. A
solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico, se
podrá transferir
hastacuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después
del mismo.
¿Si enferma durante el embarazo o parto o el hijo nace con alguna
discapacidad, de cuántos días es la licencia?
Si el pequeño nace con alguna discapacidad o necesita cuidados hospitalarios,
el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa
presentación del certificado médicocorrespondiente.
La ley no menciona el límite de extensión de licencia si la mujer no puede
trabajar durante el embarazo o después del nacimiento de su hijo.
INGRESOS
La licencia por maternidad de 84días/12 semanas es completamente
pagada. Se paga a través del financiamiento de los trabajadores,
empleadores y contribuciones del Estado por medio del Seguro Social.
Con el fin de verse beneficiado...
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